El Grupo de Trabajo para la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas dictaminó como “ilegal” el encarcelamiento del rapero cubano Maykel Castillo Pérez, más conocido como Maykel Osorbo, quien permanece detenido desde mayo de 2021 en la prisión de Kilo 5 en Pinar del Río sin juicio programado.
En un informe que resume sus decisiones acerca del proceso presentado el pasado 7 de julio de 2021 por la ONG Cuban Prisioners Defenders, el grupo expresa “su más profunda preocupación” por las denuncias de “hostigamiento, intimidación, amenazas y detenciones a las que ha sido sometido el señor Castillo.
“La forma en que se ha detenido al señor Castillo se enmarca, dado el patrón de persecución y acoso, y la falta de garantías procesales, en una situación de discriminación por su posición política y sus actividades en el área de derechos humanos”, refrenda la entidad internacional.
El documento enumera una serie de irregularidades en el proceso del único intérprete del tema Patria y Vida que permanece en Cuba, que lo invalidan por completo.
Una de las más llamativas es la no existencia de “ningún documento que avale la orden de detención, ni en el que se demuestre que se le indicó al señor Castillo las razones de esta, tampoco hay registro de que esta orden de detención preventiva haya sido sujeta a control judicial».
Además, el Grupo de Trabajo estableció que la tipificación de los delitos por los que se le acusa a Maykel Osorbo: “atentado, desacato y evasión de presos y detenidos relacionados con hechos de desobediencia, agresión y ofensas a los oficiales de la Policía Nacional Revolucionaria”, resulta “excesivamente vaga y demasiado amplia, ya que no definen claramente la actividad delictiva que pretenden sancionar”, por lo que la “aplicación de disposiciones vagas y demasiado amplias en el presente caso hacen imposible la invocación de base legal para justificar la detención.”
Los representantes del gobierno cubano en el proceso alegaron que el músico contó con un abogado defensor designado por el Estado, pero este argumento fue rebatido por la entidad de las Naciones Unidas, argumentando que dicho letrado “pertenece a un Bufete Colectivo, dependiente del Ministerio de Justicia y controlado por el Gobierno a través de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, de modo que no puede considerarse como una asesoría legal independiente”
Debido a estas circunstancias el informe del Grupo de Trabajo concluyó que Maykel Castillo “permaneció sin la posibilidad de ser asesorado legalmente ni preparar su defensa por tres meses, lo que contraviene los estándares internacionales de protección contra la detención arbitraria, que determinan que todas las personas privadas de libertad tienen derecho a la asistencia letrada de un abogado de su elección en cualquier momento durante su detención, incluso inmediatamente después del arresto”.
El Grupo de Trabajo declaró estar “convencido de que el señor Castillo Pérez ha sido perseguido y detenido arbitrariamente por ejercer sus derechos fundamentales a la libertad de opinión, expresión, reunión, asociación y participación”, considerando que “no habría lugar para un juicio penal”.