El límite de 24 meses para la estancia en el exterior sin perder la residencia en Cuba ha sido oficialmente eliminado tras aprobarse el viernes la nueva Ley de Migración ante la Asamblea del Poder Popular. La normativa también busca actualizar el concepto de “residente en territorio nacional”, desarrollar integralmente el tema de la ciudadanía, y modernizar el tratamiento a la multiciudadanía, informó Cubadebate.
El primer coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE) del Minint, presentó el proyecto de ley, partiendo de los datos que indican que desde 2013 han viajado al exterior más de 2 millones de cubanos y la mayoría cuenta con residencia o ciudadanía en sus países de acogida (principalmente Estados Unidos, España y México).
“Se eliminan los 24 meses como tiempo de estancia autorizado a permanecer en el exterior. Todo aquel que salió del país desde 2013 y mantuvo la residencia en Cuba (vive afuera, pero regresó antes de los 24 meses) mantiene su residencia. Esto está en moratoria desde la COVID-19 (todo el que salió desde marzo de 2018 no ha tenido que regresar), y, por tanto, no tenía sentido volver a implantar los 24 meses ahora. Puede venir cuando quiera, para crear facilidades. Se detiene la categoría de emigrado”, dijo Méndez Mayedo.
La nueva política migratoria tiene, entre otros objetivos, el de promover el retorno al país de todos aquellos emigrados “que cuentan con condiciones personales y familiares para hacerlo”, así como incentivar la participación de los ciudadanos cubanos residentes en el exterior en el modelo económico cubano.
El límite de 24 meses se sustituyó por el concepto de la “Residencia Efectiva Migratoria”, la condición que portan los ciudadanos cubanos que participan en el proceso migratorio cuando acumulan, en el término del año anterior a la fecha en la que se hace la solicitud, la mayor parte de su tiempo en el territorio nacional.
“La persona interesada que no alcance el período de tiempo establecido, puede solicitar la Residencia Efectiva Migratoria si acredita su arraigo en el país mediante la combinación de un período de permanencia en el territorio nacional con otras evidencias o actos que demuestren su interés de residir en él. Una vez adquirida la residencia efectiva, se conserva mientras la persona mantiene las condiciones bajo las cuales la obtuvo”, se lee en la normativa. De la misma forma, no habrá límite de tiempo para la permanencia en Cuba de los cubanos residentes en el exterior.