La más reciente versión de la aplicación de pago electrónico Transfermóvil incluye la posibilidad de pagar el impuesto correspondiente a los sellos del timbre para realizar trámites de solicitud del carnet y pasaporte, informaron medios estatales cubanos.
Ante la escasez de sellos del timbre para pagar impuestos relacionados con la legalización de documentos y otros tipos de tramites en Cuba, las autoridades decidieron implementar el pago electrónico de sellos válidos en varias instituciones.
Pero hasta el momento el Ministerio del Interior cubano (Minint), que maneja las oficinas de trámites de identidad, sólo aceptaba sellos del timbre en formato físico.
El Minint anunció este miércoles a través de su cuenta de Twitter que la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería en La Habana ya permite la utilización de los sellos del timbre adquiridos mediante Transfermovil, y añadió que la medida se extenderá al resto del país, de manera gradual.
La Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, S.A., (Etecsa) desarrolladora de la aplicación para dispositivos móviles, confirmó que la versión V.1.230117 de Transfermovil “amplía a los trámites de identidad y migratorios el pago de impuestos sobre documentos, implementado desde diciembre pasado.
La entidad que posee el monopolio de las telecomunicaciones en la isla, explicó que la app para teléfonos con sistema operativo Android puede descargarse desde su sitio web y del repositorio de aplicaciones Apklis.
Para acceder al pago de los sellos del timbre, los usuarios deben buscar en el menú de Transfermovil los botones de operaciones/impuestos de la ONAT/sellos del timbre, y seleccionar Trámites Minint en el apartado Entidad.
La Resolución 685/2022 del Ministerio de Justicia cubano, establece el cobro en efectivo o electrónico del valor del impuesto sobre documentos públicos para la prestación de servicios notariales y registrales en las notarías, registros de la propiedad, registros mercantiles y en los bufetes especializados atendidos por el Ministerio de Justicia.
En vigor desde el pasado 23 de diciembre, la normativa aclara que esa medida “resulta de aplicación únicamente a las certificaciones expedidas para surtir efecto en el territorio nacional”.