Anamely Ramos: (im)posibles respuestas desde Cuba

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Tras la denegación por parte de las autoridades de Cuba al regreso de la activista, profesora y curadora de arte Anamely Ramos a la isla, han surgido centenares de comentarios cercanos y lejanos a la realidad. Esta es una e insoslayable: a Anamely Ramos le asiste todo el derecho legal y humano de regresar al país del cual es ciudadana y donde reside actualmente.

Una lectura, sin embargo, subyace en el trasfondo y es esta: No es solo Anamely Ramos. O por decirlo de otra manera más concluyente: lo que le pasó a Anamely Ramos es lo mismo que podrían hacerle a otros jóvenes cubanos que han denunciado las prácticas del sistema.

A saber: Tania Bruguera, Carlos Manuel Álvarez, Héctor Luis Valdés Cocho, Camila T. Lobón, Eduardo Rodríguez, Dennis Solís, Katherine Bisquet, Yunior García Aguilera, Dayana Prieto. Y tantos otros.

Las autoridades cubanas transitan por un terreno peligroso. Al prohibirle el regreso a la isla a una ciudadana cubana que salió de viaje temporal al extranjero, sin que esta tenga residencia legal en otro país, incurren en un peligroso precedente.

¿Bajo qué precepto legal Cuba puede impedirle la entrada a Anamely Ramos a su país de origen y dónde mantiene residencia activa? ¿Bajo que statuto legal Cuba puede ejercer el derecho al uso de su soberanía para impedirle el regreso a su país?

Bajo ninguno.

En una carta enviada ayer al Sr. W. Douglas Parker, Presidente y Director Ejecutivo de American Airlines, Micaela Hierro Dori, Presidenta de la Organización «Cultura Democrática Asociación Civil» expresa:

«Al impedir que la Srta. Ramos González regrese a su país de residencia, los funcionarios de su empresa violaron el artículo 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, es decir el derecho a la libertad de movimiento,  incluido en el  Principio 1 del Pacto Global que afirma que “Las  empresas deben apoyar y respetar la protección de los derechos humanos fundamentales, reconocidos internacionalmente dentro de su ámbito de influencia”.«

Y a continuación señala:

«Asimismo, al cumplir con un protocolo y órdenes de las autoridades migratorias del Gobierno Totalitario de Cuba sin ningún sustento legal han violado el Principio 2 que afirma que “Las empresas deben asegurarse de que sus empresas no son cómplices en la vulneración de los derechos humanos”.

La carta fue subida luego a la plataforma Change.org y a las 7:44am de este jueves 17 de febrero acumulaba 379 firmas.

Noticia relacionada: American Airlines no permite viajar a Anamely Ramos por instrucciones del gobierno cubano

Los Derechos Humanos que asisten a Anamely Ramos

Por su parte, la Observación 27 del Comité de Derechos Humanos señala:

«Las medidas restrictivas deben ajustarse al principio de proporcionalidad; deben ser adecuadas para desempeñar su función protectora; deben ser el instrumento menos perturbador de los que permitan conseguir el resultado deseado, y deben guardar proporción con el interés que debe protegerse… El principio de proporcionalidad debe respetarse no solo en la ley que defina las restricciones sino también por las autoridades administrativas y judiciales que la apliquen.»

Sin embargo, algunos de estos derechos, no todos, pueden ser derogables por un Estado, aunque con condiciones. El derecho a la vida, no es derogable. El derecho de viajar sí.

Pero, ¿bajo qué conceptos se le hubiese podido derogar el viaje a la isla a Anamely Ramos? ¿Cómo se justifica el no go dado por American Airlines a la activista cubana?

Para que un Estado, como el cubano, tenga derecho a derogar ese derecho – valga la redundancia – tienen que existir un cierto número de condiciones que le permita al Estado cubano tener un asidero legal para hacerlo.

Primero, puedes hacerlo si estás bajo un estado de emergencia. Ese no es el caso de Cuba. El estado de emergencia tiene que declararse de acuerdo a la Constitución y a priori. Salvo en el tema del Covid, Cuba no tiene declarado este estado de emergencia y ni siquiera así aplicaría al caso de la activista.

Tampoco Cuba tiene declarado que Anamely Ramos, y ni siquiera el Movimiento San Isidro al cual ella pertenece, constituyen una amenaza a la paz pública. El gobierno y Estado cubanos ni siquiera tiene intenciones de hacerlo porque eso sería, además, darle un reconocimiento al MSI y reconocer al grupo como una amenaza al orden público.

Esta es una variante.

Otra: si fuese el caso de un ciudadano extranjero con intenciones de ingresar a la isla, Cuba no tendría que dar explicaciones de ningún tipo.

Sin embargo, al ser Anamely Ramos una nacional, esta condicional no aplica. El modelo de Derechos Humanos establece que el encargado de hacer valer tus derechos es el Estado del cual tú eres ciudadano; y tú buscarás remedio en los casos que exista la falta de este derecho.

¿Cómo? Con tu propio estado. Ejemplo, cuando una persona se encuentra en el extranjero, ante determinada situación, le asiste el derecho de ir hasta su embajada o consulado; y en aquellos países en lo que no exista, contactar con una oficina diplomática – digamos que cercana – a fin de que ellos se encarguen de hacer valer tus derechos como ciudadano en ese país.

Dado el caso que Anamely Ramos es nacional cubana, el Gobierno cubano tiene o tendría que establecer un vínculo causal – ni siquiera condicional – entre la amenaza que se ataja y el acto de, en este caso, la entrada de Anamely Ramos a Cuba ejerciendo su derecho de regresar a la isla y alguna situación de fuerza mayor.

Expliquémoslo mejor: Cuba pudiera derogar el derecho de regresar a su país a Anamely Ramos, si existiese un vínculo causal entre el viaje de ella a Cuba y el tipo de amenaza a la paz nacional o al orden público que ella va a crear.

Pero, este, repetimos, no puede ser condicional, sino causal. Ejemplo, si viajase a la isla con intenciones de incurrir en un acto terrorista o el asesinato de una figura pública; o provocar un levantamiento armado en la isla suficientemente grande como que sea capaz de subvertir el orden público, la legalidad y el Estado de Derechos en la isla, si es que este existiere.

Este vínculo directo no puede establecerse a partir de suposiciones.

Todavía el gobierno cubano no ha emitido una declaración oficial al respecto.

Cientos de declaraciones pululan por las redes en respaldo a la «posición» tomada por el gobierno de la isla – o algún funcionario de alto poder discrecional y/o jerarquía dentro de la isla – pero de esas, muchas de ellas emitidas en programas de streaming basura, por personas sin preparación política en la mayoría de los casos, no conviene hablar aquí. Entre esas «razones» hemos encontrado «las de siempre»: Anamely es financiada por la NED y es una connotada mercenaria.

O esta otra, vista en una «directa» en el día de ayer:

«Señores, Anamely Ramos es una de las terroristas que protagonizó un acto de repudio frente a la Embajada de Cuba en México.»

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