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Cuba: La autogestión llega a las unidades del comercio interior

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Porque no hay nada más incómodo que ver, por ejemplo, a un gerente de una Unidad de Comercio Interior con su tablilla de productos vacía, pagándole a dos empleados por el día en el mostrador, otro en la cocina, un CVP por las noches, sin la potestad para ir a la esquina del agro, comprar platanitos, boniato o frutabomba y poner a esos empleados a hacer y vender refrescos y boniatillo.

Bajo el título de Flexibilizan regulaciones para la compra de productos por unidades del comercio interioresta mañana conocimos que como parte de un “extenso y complejo proceso de concreción de las recientes medidas aprobadas por el Consejo de Ministros «para impulsar una estrategia económica basada en el máximo aprovechamiento de las capacidades internas y del potencial humano con que cuenta el país»”, finalmente dejarán que las unidades del comercio interior en el país se autogestionen.

Un viejo anhelo, necesario siempre, y que durante años ha sido reclamo y reclamo de cientos de personas; desde trabajadores de los propios centros hasta los usuarios.

Al parecer a partir de ahora veremos y oiremos menos historias de clientes que llegan a los lugares y se quejan de que no hay – por ejemplo – papel higiénico en los baños, y el empleado dice “no nos han mandado”. La falta de autogestión es el talón de Aquiles de cientos y miles de empresas en la isla; de Ministerios y Organismos del Estado. La verticalidad en la toma de decisiones, en las compras de insumos y materiales es un lastre que golpea a todos por igual. Al parecer, ahora, al menos, las unidades del Comercio Interior se liberan en buena medida del yugo opresor que frena buena parte de sus resultados.

Porque no hay nada más incómodo que ver, por ejemplo, a un gerente de una Unidad de Comercio Interior con su tablilla de productos vacía, pagándole a dos empleados por el día en el mostrador, otro en la cocina, un CVP por las noches, sin la potestad para ir a la esquina del agro, comprar platanitos o frutabomba y poner a esos empleados a hacer y vender batido o refresco.

Sin embargo, la solución – al parecer – ha llegado con esta “flexibilización”.

El diario oficialista Juventud Rebelde dice que “la nueva decisión debe repercutir, de forma directa, en el incremento de ofertas a la población“.

Una disposición del Ministerio de Comercio Interior (Mincin) acaba de flexibilizar las regulaciones para que las empresas, unidades empresariales de base, unidades básicas y establecimientos del sistema de comercio interior subordinadas a los órganos locales del Poder Popular, puedan comprar por autogestión productos alimenticios frescos o elaborados y otros, a personas naturales y jurídicas”, reza el heraldo oficialista y nos remite a la resolución No. 99 de 2019, “firmada por la jefa de esa cartera, Betsy Díaz Velázquez, y publicada en la Gaceta Oficial No. 12 Extraordinaria, del pasado 16 de julio (en www.gacetaoficial.gob.cu).

Uno de los por cuantos de la resolución No. 99/2019 del Mincin , continúa diciendo el JR, expone así la necesidad de «eliminar las limitaciones en las relaciones de las empresas con las formas de gestión no estatales y adecuar a las condiciones y objetivos actuales del mercado» las regulaciones emitidas al respecto, «de forma tal que flexibilicen la compra para la obtención de recursos con el fin de incrementar las ofertas en las actividades de gastronomía y la venta minorista de mercancías».

“La reglamentación especifica que las entidades que ejercen comercio minorista de ventas de mercancías, gastronomía y servicios quedan facultadas para realizar compras a personas naturales y jurídicas «de acuerdo con la nomenclatura y expediente de servicios aprobados, según corresponda».”

Claro que no todo podía ser tan bueno como para ser cierto. La Resolución especifica bien claro que “pueden comprar productos agropecuarios, frescos o elaborados, a partir de las facultades que deleguen los directores de sus empresas, con excepción de: «a) Carne de ganado equino, vacuno y bufalino; b) carne de cerdo, excepto el de capa oscura o criollo; c) leche fresca y sus derivados; d) café; e) miel de abejas, excepto de especies meliponas o de la tierra; f) tabaco en rama y torcido; y g) cacao y sus derivados».”

También fija, por supuesto, las cantidades a comprar.

“(…) antes «de comprar mercancías e insumos a proveedores, comprueban los documentos oficiales que aseguren que dichos proveedores están autorizados para efectuar esas ventas, de acuerdo con la legislación vigente, nomenclatura aprobada y la autorización comercial emitida por el Registro Central Comercial adscripto al Mincin, en los casos que correspondan».”

Libertad, pero con control. Fiscalizados siempre.

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