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Cuba

Multados por “propagar epidemias” cubanos que gritaron Patria y Vida

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Un grupo de opositores cubanos que fueron arrestados de forma violenta y en público, por gritar Patria y Vida, fueron multados bajo el concepto de “propagar epidemias”.

Un grupo de activistas cubanos que fueron maltratados en público por la policía en días recientes por gritar Patria y Vida fueron objeto de multas porque supuestamente contribuyeron a “propagar epidemias”.

“Mil pesos de multa por supuestamente ‘propagar epidemias’, y medida cautelar de prohibición de salir del domicilio de cada uno, fueron los castigos que el Ministerio del Interior aplicó a los cuatro activistas detenidos violentamente en la camagüeyana Plaza de Méndez”, informó la página de Facebook de La Hora de Cuba.

Marisol Peña, del Partido Libertario, Adrian Quesada y Leyanis Heredia, de la Unión Patriótica de Cuba, y Yasmani Suárez, independiente, salieron a realizar una protesta pacífica y fueron arrestados por varios policías que los obligaron a entrar a las patrullas.

“El arresto fue en una cola MLC [Moneda Libremente Convertible], y solo porque la gente comenzó a gritar Patria y Vida”, escribió entonces en su cuenta de Facebook el activista de la Unión Patriótica de Cuba, José Batista Falcón.

En el video se puede observar como los agentes emplean la fuerza bruta para llevarse del lugar a varias personas, mientras cerca se mezclan los gritos de “abusadores”, con los de otros que apoyan lo que está sucediendo ante la vista de los presentes.

Como parte del arresto violento, entre varios policías levantan por la fuerza a los opositores del suelo y los llevan hacia las patrullas, pese a la resistencia de estos, que son maltratados. En el mismo audiovisual, se ve como uno de los hombres es inmovilizado por el cuello por un agente, mientras otro le pone las esposas.

Como añade La Hora de Cuba, los cuatro fueron conducidos a la Tercera Unidad de la Policía Nacional Revolucionaria, en donde oficiales de la Seguridad del Estado les interrogaron y amenazaron, y les levantaron la acusación de “propagación de epidemia”, además de una medida cautelar de prohibición de salir de su domicilio.

El artículo 187, acápite 1, del Código Penal señala como propagación de epidemias lo siguiente: “El que infrinja las medidas o disposiciones dictadas por las autoridades sanitarias competentes para la prevención y control de las enfermedades trasmisibles y los programas o campañas para el control o erradicación de enfermedades o epidemias de carácter grave o peligrosas, incurre en sanción de privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas”.

La Hora de Cuba explica que en el sitio donde protestaron “se acumulan diariamente decenas de personas en apretada cola para acceder a la tienda en moneda libremente convertible que radica frente a la propia Plaza de Méndez, sin que ninguna sea multada por hacerlo”.

Julio Linares



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