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Finalmente se hizo justicia. El Tribunal Supremo de España condenó a 15 años de prisión por “violación” a los miembros de La Manada.

Con las agravantes de trato vejatorio y en grupo el Supremo finalmente puso los acentos sobre las íes en un caso que puso en ridículo a toda la justicia española delante de la comunidad internacional.

Los miembros de La Manada, los cinco hombres acusados de haber violado en grupo a una mujer que se encontraba en absoluto estado de embriaguez e inconsciente, pensaron que se saldrían con la suya tras el veredicto de un tribunal anterior a todas luces errado y machista, con un ministerio fiscal y jueces a los que solo le faltó culpar a la víctima – la mujer ebria – de haber sido ella la que violó a los 5 hombres.

Hoy, el Supremo halló errónea la sentencia anterior y cambio lo de “delito” por “una pluralidad de delitos de agresión sexual”.

Según el máximo órgano de justicia en el país ibérico, la mujer violada fue víctima de “un auténtico escenario intimidatorio” que hizo que esta se sometiera.

La sala segunda de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado este viernes por unanimidad a 15 años de prisión a los cinco miembros de La Manada; y lo hizo saber así: por un delito continuado de “violación”. A uno de ellos – Antonio Manuel Guerrero, Guardia Civil español – le añadió dos años más a su sentencia por haberle robado el móvil a la víctima, y con intimidación. En los próximos días se hará pública la sentencia, con la inclusión en el documento de todos los alegatos de las partes.

Lo más trascendental de este fallo, el cual resulta inapelable es que se modificaron varias cosas.

En primer lugar definió que se trató de una violación y no de un abuso. En segundo lugar, y como ya explicamos, no considera que se trató de un delito, sino de varios delitos continuados, por cuanto la víctima, en ningún momento consintió los actos sexuales. Al contrario, desde su estado indefenso intentó revelarse y manifestó desacuerdo por las formas y los modos que pudo. Sostenida por cuatro de ellos, mientras un quinto la violaba, con su boca tapada y en estado de embriaguez bien poco pudo hacer.

El Supremo, considerando estas últimas circunstancias – y todas – consideró además dos agravantes específicas: el trato vejatorio a la víctima, que no solo incluye lo planteado al final del párrafo anterior, sino además en el hecho de que fue varias veces penetrada. Por si fuera poco, el Supremo también halló vejatorio el hecho de haberla grabado durante el acto y además haberla expuesto con alarde en las redes sociales. Según el Supremo, “la superioridad numérica fue aprovechadas por los acusados para una mayor impunidad y aseguramiento del delito”.

José Ángel Prenda, Alfonso Jesús Cabezuelo, Ángel Boza, Antonio Manuel Guerrero, y Jesús Escudero creyeron que escaparían… pero el Supremo los puso dónde merecen estar: tras las rejas.

para mayor información sobre el caso, visitar el siguiente enlace

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