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México: Arrestan a 9 cubanos por posesión de drogas

A los cubanos les encontraron 49 bolsas de nylon con cocaína, tres envoltorios de papel periódico con marihuana y una planta de cannabis.

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Nueve cubanos fueron arrestados en México por posesión de drogas, reveló la Fiscalía del estado de Chiapas.

Los 7 hombres y 2 mujeres comparecieron ante la Fiscalía General del Estado (FGE). Esta, junto la Fiscalía de Inmigrantes, y en coordinación con la Fiscalía de Distrito Fronterizo Costa, registraron dos inmuebles en la colonia Lomas de Tacaná, en Tapachula, donde encontraron 49 bolsas de nylon con cocaína, tres envoltorios de papel periódico con marihuana y una planta de cannabis. La Fiscalía de Inmigrantes ha dicho que continuará realizando trabajos de inteligencia para intentar esclarecer los hechos y deslindar responsabilidades.

Según la prensa, los arrestados, identificados como Urbano “N”, Yoandy “N”, Misael “N”, Raidel “N”, Rafael Andrés “N”, Yusniel Armando “N”, Yuniesky “N”, Adiannet “N” y Dayami “N”, enfrentarán cargos de delitos contra la salud, en la modalidad de posesión de estupefacientes.

La prensa no dio a conocer  el estatus migratorio de los cubanos que fueron arrestados, ni tampoco cómo las agencias del orden dieron con el alijo.

Corresponde ahora a la autoridad jurisdiccional determinar la situación legal de los detenidos.

Según el Código Penal Federal, Libro Segundo, Título Séptimo – Delitos contra la Salud, Capítulo I – De la Producción, Tenencia, Tráfico, Proselitismo y Otros Actos en Materia de Narcóticos se explica en el artículo 194 que “se impondrá prisión de diez a veinticinco años y de cien hasta quinientos días multa al que: “produzca, transporte, trafique, comercie, suministre aun gratuitamente o prescriba alguno de los narcóticos señalados en el artículo anterior, sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud.”

El consumo de sustancias psicoactivas no es un delito en México, pero la posesión con fines de consumo sí está tipificada como delito. No obstante, si la posesión no excede los montos máximos que establece la Tabla de Orientación y si no se presenta en los lugares señalados en el Art. 475 de la Ley General de Salud (escuela, cárceles, etc.) entonces no lleva aparejada pena privativa de libertad.

En México la cantidad máxima establecida en la ley para consumo es menor que la cantidad que porta un consumidor promedio. El endurecimiento de las penas por delitos relacionados con drogas ha causado un incremento significativo en la población carcelaria en general, y en el número de personas recluidas sin sentencia. La mayoría de los reclusos por delitos relacionados con drogas pertenecen a sectores pobres y marginados de la sociedad, con escasa o nula educación. Asimismo, el 50 por ciento de los reclusos por delitos relacionados con venta de drogas fue detenido por poseer mercancía de valor total muy bajo, menor a los 100 dólares.

México no cuenta con una única instancia dedicada a conducir la estrategia de combate a las drogas en el país. La responsabilidad de esta estrategia se encuentra “distribuida” entre varios ministerios: Seguridad y Defensa, a su vez distribuido en diversas secretarías; y Salud, ubicado en la Secretaría Federal de Salud.

Dado que México tiene un sistema federal, la mayoría de los esquemas administrativos se replican además en los tres niveles de Gobierno: federal, estatal y municipal, la estrategia de seguridad y defensa está a cargo de cuatro instancias principales: la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), l la Secretaria de Marina-Armada (SEMAR) , la Secretaría de Defensa (SEDENA) y la Procuraduría General de la República (PGR), las cuatro dependientes del Poder Ejecutivo Federal.

El funcionamiento del sistema es complejo debido, entre otras cosas, a la enorme burocracia que comporta la implementación y cumplimiento de la legislación, lo cual
tiene claramente repercusiones en la situación carcelaria. Además, la misma legislación de drogas es problemática en la medida en que las leyes establecen catálogos de delitos graves en los que no se puede acceder a la libertad durante el proceso penal. En el Distrito Federal, las reformas realizadas en 2003 llevaron a un agravamiento de casi todos los delitos: mientras antes había 16 tipos penales que se consideraban graves, ahora hay 200.

De acuerdo al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, todos los delitos relacionados con las drogas en México son considerados graves, con excepción del delito de siembra, cultivo o cosecha de plantas llamadas ‘enervantes’ que no tenga por objetivo la producción, suministro, comercio, tráfico, introducción o extracción de narcóticos del país. En consecuencia, cualquier acusado por uno de estos delitos deberá pasar el proceso en la cárcel (preventiva) aunque sea inocente.

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