Connect with us

Cuba

Jueces cubanos niegan Hábeas Corpus a activistas, denuncia Cubalex

Published

on

El Tribunal Provincial de La Habana denegó dos Hábeas Corpus presentados por la plataforma jurídica Cubalex.

Su acción es violatoria de la Constitución, además de que no se ajusta a la realidad de los hechos en los que basa su argumentación para negar tan indispensable precepto jurídico.

La plataforma Cubalex ha decidido exponer su consideraciones sobre la actitud abiertamente descarada del Tribunal Provincial de la Habana, que el pasado 28 de abril denegó el auto presentando un Hábeas Corpus en favor de Katherine Bisquet, Camila Lobón y Yamilka Lafita y el de otras once personas detenidas el 30 de abril.

Según refieren en una nota publicada en Facebook, la plataforma jurídica -perteneciente a una Organización No Gubernamental- argumenta que “el 28 y 30 de abril, Cubalex asistió a la presentación de dos recursos de Hábeas Corpus en favor de 14 personas de la sociedad civil, ante el citado tribunal.

“Ambos Hábeas Corpus fueron abiertos a trámite y declarados improcedentes el mismo día”, explicó Cubalex.

Detalla Cubalex que el tribunal basó su decisión “en el hecho de que contra estas personas pesaba una denuncia por el delito de desorden público”. La plataforma denuncia que los hechos, no ocurrieron del modo en que, presuntamente debieron haber ocurrido, y que la decisión del tribunal se basa evidentemente en una versión “oficial” de las autoridades de la isla.

La nula validez argumental del “resuelvo” de los juristas del Tribunal Provincial de La Habana se basa en un mero detalle que invalida su dictamen. Cubalex denuncia que el argumento expresado por los jueces legos, “no se ajusta a realidad de los hechos” ya que primero ocurrió la detención, sin existir previamente una denuncia.

Sobre los hechos que dan lugar a la denuncia cabe apuntar que se dan en el marco de una protesta pacífica exigiendo el cumplimiento de los derechos garantizados en la Constitución nacional y los tratados internacionales de DDHH, siendo en sí misma la protesta una manifestación del ejercicio al derecho a libertad de pensamiento, conciencia y expresión garantizado en el artículo 54 de la Constitución y el 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, con lo cual no se encontraban realizando ninguna acción antijurídica y la detención se produce en franca violación del precepto constitucional y de la ley de procedimiento penal vigente que en su artículo 241 proscribe la detención fuera de los supuestos y las formalidades previstos en la ley, los que se establecen en el artículo 242 del propio cuerpo legal y que en modo alguno se observan en el actuar de ellas”, explica Cubalex.

Cubalex expresa en su declaración que ninguno de los detenidos incurrió en ninguno de los delitos que se le imputan.

“No consta en modo alguno que hayan proferido gritos de alarma, amenazas de peligro común o hayan realizado acto alguno destinado a provocar pánico, con lo cual podemos afirmar que la detención no solo fue totalmente ilegal, sino que además constituye un delito de abuso de autoridad previsto y sancionado en el artículo 133 del Código Penal vigente y que se consumó al momento de la detención, con el único objetivo de impedirles el legítimo ejercicio de sus derechos y con un desapego manifiesto a la legislación vigente”, reconoce Cubalex.

La plataforma nombró a cada uno de los jueces firmantes, y añadió fotos que los identifican a algunos:

  1. Gladys Maria Padrón Canals, Ana Luisa Breffe Rodriguez, Nelson Delgado Rodriguez, Enrique Arango Coy y Maria Elena Fornari Conde (en el caso de la respuesta al Hábeas del 28 de abril)
  2. Daylin Yamile Naranjo Medina, Lisandra Hernández Fuste, Yadilys Bustamente Vigil, José Luis Vega Cepero y Maria del Carmen Aldama Gay (en el caso de las 11 personas detenidas tras la protesta pacífica del 30 de abril en Obispo) .

“Al declarar improcedente y sin lugar los Hábeas Corpus presentados, realizan un fallo inconstitucional e inconvencional, contra los estándares internacionales y en contubernio con agentes del Estado, violan sistemáticamente los derechos fundamentales de los detenidos, por tanto son susceptibles de ser declarados violadores de derechos humanos por los organismos internacionales con sus correspondientes consecuencias”, finaliza Cubalex.

Ariel P.

tal vez quieras leer: Leyes para ser vulneradas en Cuba y el caso Amaury Pérez

Comentarios

LO MÁS TRENDING

LO MÁS VISTO