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Cuba

Demandas bajo Título III de Helms-Burton, menores que las esperadas

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“Fewer tha expected“, con estas palabras calificó NBC News la cantidad de reclamaciones recibidas a tenor de la aplicación del Título III de la Ley Helms-Burton; el controversial carril que ha permitido a algunos propietarios originales de terrenos, inmuebles y empresas confiscadas en la Cuba con posterioridad al 1959.

“Muchos analistas predijeron una avalancha de demandas, creando caos en el sistema judicial de los Estados Unidos, pero algunos expertos ahora dicen que puede haber muchos menos,” expresa la periodista Carmen Sesin en una nota que recoge el testimonio de varios de estos herederos que ahora, buscan ser compensados económicamente.

Uno de estos entrevistados es Jorge Suárez-Múrias, de 62 años, nacido en Cuba y criado en Miami.

Muría resume en sus palabras el dolor de quien lo perdió todo, una vez que fueron confiscadas sus propiedades.

Habla en nombre de su padre, de su madre; el primero fallecido, la segunda aún viva.

Imaginé que mi mamá y mi papá volverían algún día y los disfrutarían‘, expresa Suárez-Múrias al referirse a las propiedades que el gobierno cubano les expropió en la isla.

Espero que mi padre me esté viendo desde arriba, peleando. Espero que su sueño se haya cumplido a través de mí,” le confiesa a Sesin.

Las propiedades de los Murias eran varias. Inmuebles en su mayoría; tanto en La Habana como en Cayo Ocampo, frente a las costas de la provincia de Cienfuegos.

En la capital eran dueños de varios edificios de apartamentos, pero también de un extenso vecindario ubicado a orillas de la playa, a escasamente una hora del centro de la ciudad. Allí, ahora, una empresa internacional “explota” las propiedades.

Múrias es uno de los pocos reclamantes que ha hecho valer su derecho. La nota de NBC señala que el Departamento de Estado había advertido “podría haber hasta 200,000 reclamos”, pero el inicio ha sido lento; hasta ahora, dice NBC, “es probable que el número esté en decenas o cientos como máximo.”

Buena parte de esto se justifica, en parte, porque hay algunos reclamos que no han sido certificados. En la Ley se explica claramente que la propiedad debería haber sido valorada en $ 50,000 o más en el momento en que se incautó. Muchas de esas propiedades incautadas ni siquiera estaban valoradas. Muchos títulos de propiedad, además, se perdieron con el transcurso del tiempo. De igual modo, para que la reclamación proceda, dice la Helms-Burton, una empresa extranjera – o nacional cubana – debe estar explotando con fines comerciales la misma; en el caso de las extranjeras, debe poseer una presencia significativa en los EE. UU.

La única forma en que puede cobrar es si tienen activos en los EE. UU. – activos significativos“, expresó Nick Gutiérrez, un consultor en reclamos de propiedades cubanas confiscadas.

A esto hay que añadirle que muchos reclamantes han muerto sin dejar herederos; otros ni siquiera tienen intenciones de desenterrar el pasado, y hasta se habla de los altos precios de una demanda de este tipo ( la tarifa de presentación supera los $ 6,500) que ni siquiera se conoce – entre expertos legales – cómo se va a resolver.

La primera de ellas fue presentada contra la compañía de cruceros Carnival de los Estados Unidos por los herederos de los puertos de La Habana y Santiago de Cuba. También la Exxon Mobil demandó a las compañías estatales cubanas Cimex y Cupet por el uso de una refinería que tenían en La Habana; y los dueños originales del Hotel San Carlos, un inmueble emblemático en el entramado urbano citadino de la ciudad de Cienfuegos, demandaron con posterioridad a la empresa hotelera española Meliá por el uso del inmueble. Meliá, expresa muy acertadamente NBC en la nota, “podría ser la primera compañía extranjera demandada”.

En honor a la verdad, antes que Melía asumiera la reparación del inmueble, el Hotel San Carlos era una ruina en espera de un inversionista extranjero para ser reparada y explotada a toda capacidad.

más sobre el tema en el enlace original (aquí)

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