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Cuba

Ejecución plena del Título III de la Helms-Burton deberá esperar hasta el 1ro de mayo

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Se trata de una vieja demanda de los perjudicados por las confiscaciones que tuvieron lugar en la isla desde los primeros años de la llegada de los barbudos de Fidel Castro al poder.

El Secretario de Estado de los EE. UU., Mike Pompeo, extendió este miércoles la prohibición de juicios estadounidenses contra firmas extranjeras en Cuba y dijo que hasta el 1 de mayo quedara “detenida” la prohibición de las demandas.

Pompeo no dio una razón para la extensión de la posible entrada en vigor dentro de las cortes estadounidenses de estas demandas contra las empresas extranjeras que hacen negocios en Cuba en propiedades que en algún momento pertenecieron a ciudadanos norteamericanos, o que al momento de la confiscación por parte de la llamada Revolución Cubana no lo eran, pero luego sí pasaron a serlo. Las demandas también aplicarían contra aquellos que, por ejemplo, hagan negocios con la isla en una empresa – hotel, fábrica, – erigida en un terreno que en algún momento perteneció al demandante.

El vocero del Departamento de Estado Robert Palladino dijo que “el Secretario de Estado Michael R. Pompeo anunció su decisión de continuar durante dos semanas, desde el 18 de abril hasta el 1 de mayo de 2019, la suspensión actual, con la excepción del derecho a presentar una acción según el Título III de la Libertad de Cuba de 1996 y Ley de Solidaridad Democrática (LIBERTAD)”, en lo que constituye otro “período de gracia” luego de que el presidente norteamericano Donald Trump anunciara por primera vez en enero una revisión de 45 días del asunto.

su acción legal, perjudicaría a ciudadanos de países como Canadá, España, Francia, Italia y varios otros europeos, cuyas compañías tienen importantes participaciones comerciales en Cuba y también en los EE.UU.

Luego, el 4 de marzo, la administración republicana anunció que permitiría las demandas de ciudadanos estadounidenses contra docenas de compañías cubanas en la lista negra de Washington, pero dio una moratoria corta a la puesta en vigor de la parte más controversial del Título III; esa que permitiría tomar acciones legales contra firmas extranjeras que habían usado propiedades confiscadas por el gobierno cubano a partir del año 1959.

Aunque muchos señalan que esto contribuye a presionar y castigar a La Habana por su apoyo al presidente socialista de Venezuela, Nicolás Maduro, la realidad es que se trata de una vieja demanda de los perjudicados por las confiscaciones que tuvieron lugar en la isla desde los primeros años de la llegada de los barbudos de Fidel Castro al poder.

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Según expertos, el levantamiento completo de la prohibición podría permitir que miles de millones de dólares en reclamaciones legales avancen en los tribunales de EE. UU., sin embargo hay un embrollo legal bien complejo que aún nadie sabe cómo se va a solucionar, y es que dentro de la justicia norteamericana “las pruebas físicas testimoniales” pesan como una tonelada, y son muchos de estos demandantes que no poseen pruebas que testifiquen que en algún momento eso que ellos reclaman les perteneció.

Por otro lado, jurídicamente a muchos les parece un desatino que se le otorguen derechos a personas que, en el momento de ocurrir la confiscación no eran ciudadanos norteamericanos – otro de los aspectos controversiales de la Ley que hizo a varias administraciones norteamericanas postponer su aplicación desde 1996 hasta la fecha -, sin contar con que su acción legal, perjudicaría a ciudadanos de países como Canadá, España, Francia, Italia y varios otros europeos, cuyas compañías tienen importantes participaciones comerciales en Cuba y también en los EE.UU.


 

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