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Ancianos en Ciego de Ávila y el periodo que se avecina

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Los ancianos más vulnerables no quedarán desamparados ni olvidados en Ciego de Ávila. Así lo afirma un funcionario del territorio.

Asegura este lunes 21 de diciembre de 2020 el portal oficialista Invasor, en la provincia de Ciego de Ávila, que sus ancianos no quedarán ni desamparados ni olvidados -ni desesperados- pues todo está “amarrado” para que en aquellos casos “vulnerables” que “por insuficiencia de ingresos” no puedan asumir “la alimentación, medicamentos y el pago de los servicios básicos,” el Estado se encargue de su cuidado y amparo.

El portal oficialista incluyó además en su nota, una publicación de Facebook donde se da cuenta de los nombres, cargos y números telefónicos de funcionarios encargados del tema en el territorio.

En una entrevista realizada por el diario en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Orlando Díaz Rodríguez, subdirector de Prevención, Asistencia Social y Trabajo Social, en la Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, expresó que “Ciego de Ávila cuenta con 68 puntos para la atención a posibles vulnerables, con los teléfonos y medios necesarios para registrar los casos”, y señaló que estas comprobaciones “se realizarán en 24 horas y las respuestas se ofrecerán a las 48 horas posteriores a la visita”.

“Están constituidos en los 10 municipios y en el nivel provincial los Puestos de Mando, para ofrecer informaciones ante cualquier duda relacionada con la orientación laboral, el trabajo por cuenta propia o la Asistencia Social”.



El funcionario señaló que el pago correspondiente al mes de enero de 2021, se iniciará el sábado 26 de diciembre de 2020, y dijo que “se trabajará de lunes a sábado en las Direcciones de Trabajo municipales, desde las 8:00 am hasta las 6:00 pm, horario que podrá extenderse de ser necesario, en aras de atender a las personas que allí acudan”.

Como principios fundamentales para iniciar una solicitud de ayuda por parte de estos ancianos, y que se le otorgue la prestación monetaria eventual a núcleos económicamente vulnerables, el funcionario aseveró que “cuando no existen ingresos, ni personas en condiciones de trabajar o familiares obligados —los ascendientes, descendientes, hermanos y cónyuges— a prestar ayuda, se aprueban las cuantías, en dependencia de la composición del núcleo”. Es decir, si el anciano vive en un hogar donde existan personas en edad laboral aptos para el empleo, pero sin vínculo laboral, no procederá la ayuda.

También está prevista la ayuda cuando “los per cápita son inferiores a la cuantía que corresponde, en dependencia de su composición, se aprueba la diferencia como prestación excepcional de la asistencia social, donde se ratifica la práctica de, como norma, no excederse de las cuantías aprobadas según la escala, en correspondencia con la cantidad de personas del núcleo familiar”.

Roberto A.

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