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Cuba: certificaciones de nacimiento y defunción no tendrán caducidad

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En el boletín de la Gaceta Oficial de Cuba, publicado el 27 de febrero, dan por finalizados “los años de tortura” bajo la frase: “simplificar y actualizar los datos” que contienen las certificaciones de matrimonio, nacimiento y defunción.

El engorroso asunto de tener que ir a un Registro Civil a sacar un documento “actual” de algo que ocurrió una sola vez en la vida y no volverá a ocurrir, ha pasado a “mejor vida” en Cuba

El Ministerio de Justicia de Cuba parece estar entrando en algunos temas en lo que pudiéramos definir como “el mundo real”. En días pasados anunciaron que a partir del desarrollo de una aplicación informática para celulares, las personas jurídicas cubanas tendrían acceso a consultar y descargar sus antecedentes penales, documento de suma importancia en el país a la hora de hacer determinados trámites. Hace apenas unas horas se comunicó que las certificaciones de matrimonio, nacimiento y defunción dejarán de tener fecha de vencimiento.

Esto, que durante años era una molesta piedra en los zapatos de no pocas personas interesadas de trámites que por un motivo u otro no podían usar documentos sacados en años anteriores aunque no fueran diferentes ni en una coma al actual – nos referimos a las certificaciones de nacimiento, matrimonio y defunción – al parecer pasará finalmente a “mejor vida”. Sin dudas años y años de recibir quejas por burocratismo, mal servicio, gastos de recursos y gastos físicos, deben haber puesto a los “ideólogos” del sistema burocrático cubano a pensar con las neuronas y no con los pelos.

Porque la verdad monda y lironda es que el engorroso asunto de tener que ir a un Registro Civil a sacar un documento “actual” de nacimiento y defunción porque así lo dictaba por ejemplo, una directiva ministerial, aunque se contase con un documento legal sacado dos años antes.

Esto sacó a flote durante años, en más de un cubano, al menos una mala palabra; para no hablar de stress, sueños rotos, viajes tronchados al extranjero… Quien quita no hubo hasta un novio o una novia que se cansó de esperar por el certificado de nacimiento de la pareja, y la relación se fue a bolina; quienes vivimos en Cuba conocemos que lo real maravilloso que hablaba Carpentier en sus obras, no murió tras su deceso y que todo en Cuba, es posible. Incluso, hasta lo imposible.


Así, aunque con otras palabras, lo reconoció el Ministerio de Justicia.

En el boletín de la Gaceta Oficial de Cuba, publicado el 27 de febrero, dan por finalizados los años de tortura bajo la frase: “simplificar y actualizar los datos que contienen las certificaciones de matrimonio y de defunción”.

“En los últimos años se tramita una cifra significativa de procesos de subsanación de errores u omisiones en los asientos del Registro del Estado Civil, y se ha incrementado la solicitud y expedición de certificaciones atribuyéndoles períodos de vigencia no regulados en la legislación, lo que genera molestias, trámites innecesarios y demoras excesivas a la población en la solución, todavía engorrosa, de los procesos de subsanación de error”.

La única certificación que tendrá fecha de vencimiento será la de soltería que, por cuestiones perfectamente comprensibles, tendrá una vigencia de 180 días. La de defunción no consignará el lugar de nacimiento ni el estado conyugal del fallecido, mientras que en la de matrimonio no aparecerán los apellidos de los padres de los contrayentes.

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