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Cuba

¿Qué cambia para los cuentapropistas cubanos con las nuevas regulaciones?

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La Gaceta Oficial Extraordinaria No. 35 publica este martes 20 nuevas normas como parte de la política aprobada por el gobierno cubano para “el perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia”.

Según fuentes del Ministerio de Finanzas y Precios, la implementación gradual de la Ley No. 113 del Sistema Tributario, aumentó los ingresos para el Presupuesto del Estado: los trabajadores por cuenta propia aportan el 5 % del total, y las empresas estatales, el 86 %.

Qué afecta específicamente a los cuentapropistas

  • A los 150 días de su publicación en la Gaceta entrarán en vigor las normativas, momento en el cual se reiniciará la entrega de las autorizaciones para las 27 actividades que hoy están limitadas
  • Se decidió agrupar las 201 actividades vigentes en 123
  • No se elimina ninguna actividad, sino que se agrupan. Por ejemplo, la licencia de servicios de belleza unifica, a partir de ahora, siete actividades, entre las que figuran masajista, peluquera peinadora de trenzas y peluquero tradicional
  • Reparador de artículos varios concentra diez oficios
  • Fueron aprobadas tres nuevas actividades: servicio de bar y recreación, panadero dulcero, y arrendador de medios de transporte
  • El servicio de bar y recreación permitirá ofertar bebidas alcohólicas y no alcohólicas (también en cócteles), así como alimentos ligeros
  • Se autoriza a ejercer en un mismo domicilio legal solo una de las actividades siguientes: servicio gastronómico en restaurante, servicio gastronómico en cafetería, o servicio de bar y recreación
  • Se mantiene el límite establecido de 50 capacidades, con excepción de los servicios gastronómicos que se brindan en el Barrio Chino
  • De las 123 actividades que quedaron aprobadas luego de la reagrupación, 52 aportarán al sistema tributario por el Régimen General y 71 lo harán por el Simplificado, el cual consiste en el pago mensual de una cuota consolidada
  • Se incrementó la cuota mínima a 41 de las actividades aprobadas en la capital y a 20 en el resto del país. Dichos incrementos van de cinco a 360 pesos
  • Dentro de las principales modificaciones figura el otorgamiento de la Licencia de Operación de Transporte (LOT) para los servicios auxiliares y conexos, la cual se concederá por única vez de modo gratuito
  • Se ratifica la decisión de no otorgar nuevas autorizaciones para las siguientes actividades: vendedor mayorista y minorista de productos agropecuarios, operador de equipos de recreación (para equipos rústicos), carretillero o vendedor de productos agrícolas de forma ambulatoria y comprador vendedor de discos
  • Las normas permitirán al titular que tenga trabajadores contratados y necesite ausentarse por una salida al exterior o por enfermedad prolongada de él o de sus familiares, designar a uno de dichos trabajadores para asumir el cumplimiento de sus deberes
  • Solo en La Habana, se llevará a cabo un experimento que consiste en ordenar el servicio de transportación de pasajeros. Será un sistema de 26 piqueras con 23 rutas asociadas. Los cuentapropistas que decidan participar en el experimento tienen que abrir cuentas bancarias asociadas a una tarjeta magnética para la realización de las transacciones de pago con las entidades estatales. Podrán asimismo adquirir herramientas, partes y piezas en correspondencia con la disponibilidad, a precios iguales a los minoristas menos un 20 % de descuento.
  • Y como elemento más novedoso quienes se asocien a estas piqueras, tendrán la obligación de un consumo mínimo anual de combustible, distribuido por meses, para cada tipo de medio, y que debe ser adquirido por tarjeta magnética, con un precio de venta por litro de:

–  Diésel-2 CUP

– Gasolina de motor-10 CUP

– Gasolina regular-13 CUP

– Gasolina Especial-16 CUP

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