EE.UU. cambia las reglas para obtener la green card: ¿Esto afecta a los cubanos?

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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) anunció este 22 de mayo una nueva política que impactaría de manera significativa los procesos de residencia permanente. 

Según un nuevo memorando emitido este viernes, las personas que deseen obtener la Tarjeta de Residente Permanente, también conocida como Green Card, deberán tramitarla de manera consular a través del Departamento de Estado desde fuera de Estados Unidos, salvo en circunstancias extraordinarias.

“Volvemos a la intención original de la ley de asegurar que los extranjeros naveguen correctamente por el sistema de inmigración de nuestra nación”, indicó USCIS al informar que “a partir de ahora” un extranjero que esté temporalmente en Estados Unidos y desee obtener la green card “debe regresar a su país de origen para solicitarla, salvo en circunstancias extraordinarias”.

USCIS defendió así una política que permitirá que “nuestro sistema migratorio funcione según lo previsto por la ley en lugar de fomentar lagunas legales”.

La agencia subrayó que el ajuste de estatus, de acuerdo con la legislación de inmigración, no es un derecho, sino un acto de “gracia administrativa”, o lo que es lo mismo, un favor que el gobierno puede otorgar o negar.

El portavoz de USCIS, Zach Kahler, explicó que, “cuando los extranjeros presentan la solicitud desde su país de origen, se reduce la necesidad de encontrar y remover a quienes deciden pasar desapercibidos y permanecer ilegalmente en Estados Unidos tras denegárseles la residencia”.

Tras este cambio radical, los oficiales de inmigración deberán considerar todos los factores e información relevantes caso por caso al determinar si un extranjero amerita esta forma “extraordinaria” de ayuda.

Es decir, que cumplir con los requisitos ya no será suficiente, sino que ahora hay que  demostrar “equidades inusuales o incluso extraordinarias”.

Esta nueva medida busca que personas con visas temporales regresen a su país al finalizar su estadía y completen el proceso migratorio desde el extranjero.

En concreto, el memorando hace referencia a estudiantes, trabajadores temporales y personas con visas de turista, ya que estos no inmigrantes ingresan a Estados Unidos “por un periodo breve y por una razón específica”.

Según explicaron varios abogados de inmigración en redes sociales, hasta el momento nada apunta a que la norma vaya a afectar los ajustes de estatus bajo la Ley de Ajuste Cubano.

Los expertos recordaron que esta ley requiere presencia física en Estados Unidos por más de un año y que el solicitante permanezca en Estados Unidos esperando la decisión de USCIS o de la Corte de Inmigración.

Según reiteró la abogada Liudmila Armas Marcelo, cada caso migratorio es diferente y las políticas migratorias pueden cambiar rápidamente, aunque los ajustes bajo la Ley de Ajuste Cubano “no parece encajar dentro de la categoría de personas que USCIS describe como visitantes temporales que deben regresar a su país para completar el proceso”.

Asimismo, trascendió que los oficiales evaluarán si respetaste las condiciones de tu visa o tu parole, si trabajaste sin autorización, si te quedaste en el país más del tiempo permitido, sii pudiste haber hecho proceso consular y elegiste no hacerlo, y cualquier fraude o violación migratoria previa.

Desde la óptica de la abogada Rosaly Chaviano, la medida afecta especialmente a casos por matrimonio con historial de sobreestadía, casos basados en empleo con lapsos de estatus, y a cualquiera que el gobierno pueda señalar por “no haber salido del país como se esperaba”.

La experta coincidió en que el nuevo modelo de ajuste de estatus no varía para las visas VAWA, basadas en la Ley de Violencia Contra la Mujer, los asilados y los refugiados, las visas U y T, la Ley de Ajuste Cubano y la Ley de Ajuste Nicaragüense y Alivio Centroamericano, mejor conocida por sus siglas en inglés, NACARA.

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