Minrex confirma vigencia de prórroga del pasaporte para cubanos en el exterior

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El Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba (Minrex) informó que se mantiene vigente la prórroga, automática y sin costo, del pasaporte de ciudadanos cubanos que no han podido regresar a la isla a causa de la pandemia de COVID-19.

El director general de Asuntos Consulares y Cubanos Residentes en el Exterior, Ernesto Soberón, insistió en su cuenta de Twitter que los cubanos que han permanecido varados en otros países por más de 24 meses no pierden la condición de residentes en el territorio nacional, indica un reporte de la agencia estatal de noticias Prensa Latina.

“Reiteramos a nuestros connacionales que continúa vigente hasta nuevo aviso la prórroga, automática y sin costo, de estancia ininterrumpida en el exterior, más allá de los 24 meses, sin que implique pérdida de la condición de residentes en el territorio nacional”, confirmó Soberón.

Asimismo, el alto funcionario del Minrex precisó que los ciudadanos residentes en Cuba que se encuentran en imposibilitados de retornar a la isla pueden hacerlo, “de manera excepcional, con su pasaporte vencido y sin prorrogar”.

De acuerdo con la ley migratoria cubana, se considera emigrados a los ciudadanos de la isla que tras viajar al exterior por asuntos particulares, permanecen de forma ininterrumpida por más de dos años sin autorización de las autoridades de Cuba, o establece su domicilio en el extranjero sin cumplir las regulaciones vigentes.

En octubre de 2020, a raíz de los cierres fronterizos mundo y la suspensión de viajes ocasionados en casi todo el planeta por la pandemia de coronavirus, el gobierno cubano adoptó una prórroga a la vigencia del pasaporte para sus connacionales que quedaron varados en otros países. 

Además, los consulados de Cuba en el extranjero se vieron obligados a cesar por un tiempo sus actividades debido a la situación sanitaria internacional, por lo que no podían ofrecer ese servicio a los cubanos.

Con una vigencia de sólo 6 años, el pasaporte cubano debe prorrogarse cada dos años a partir de su emisión hasta la fecha de vencimiento.

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