¿Cómo solicitar una visa de turismo para entrar a EE.UU. por cinco años?

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Recientemente la Embajada de Estados Unidos en Cuba precisó que los cubanos que deseen solicitar una visa de turista B-2 deberán pedir una cita para visa en cualquier Embajada o Consulado de Estados Unidos fuera de la isla que brinde servicios de visas de no inmigrante.

Tras un cambio puesto en marcha desde el 25 de agosto, la visa de turismo B-2 para cubanos ha vuelto a ser válida por cinco años y permite múltiples entradas a Estados Unidos.

Si bien, de acuerdo con el sitio oficial del Departamento de Estado de Estados Unidos, el orden de los pasos y cómo completarlos puede variar según la Embajada o el Consulado, lo primero siempre será completar la solicitud de visa en línea.

Completar el formulario DS-160

Cada aplicante debe completar y enviar una Solicitud de visa de no inmigrante en línea, o lo que es lo mismo, un formulario DS-160, a través de una computadora con impresora, ya que debe imprimir la página de confirmación que contiene un código de barras porque luego tendrá que llevarla a la entrevista.

En este paso, cargará su foto mientras completa el formulario DS-160 en línea. Esta foto debe estar en el formato especificado por las autoridades migratorias de Estados Unidos.

Programar la entrevista

Amén de que los funcionarios consulares pueden exigir una entrevista a cualquier solicitante de visa, existen ciertas excepciones limitadas.

Por ejemplo, a los menores de 13 años y a los mayores de 80, generalmente no es necesario hacerle una entrevista. Sin embargo, los solicitantes de 14 a 79 años sí lo requieren, salvo algunas excepciones para renovaciones.

No obstante, debe saber que los tiempos de espera para las citas de entrevista varían según la ubicación, la temporada y la categoría de visa, por lo que debe solicitar su visa con anticipación. 

Ahora, el propio interesado puede verificar el tiempo de espera estimado para una cita de entrevista para una visa de no inmigrante en una Embajada o Consulado de Estados Unidos.

Pagar la solicitud de visa

Lo siguiente será pagar la tarifa de solicitud de visa no reembolsable, si debe pagarla antes de la entrevista, lo cual puede hacerse utilizando una tarjeta de crédito internacional Visa o MasterCard. 

Cada solicitante debe tener su propio recibo de pago, por lo que le llegará un comprobante con un número de identificación por cada tarifa de solicitud de visa que haya abonado.

Si se aprueba su visa, es posible que también deba pagar una tarifa de emisión de visa, si corresponde a su nacionalidad. 

Es importante destacar que, desde el pasado 17 de junio, la tarifa de solicitud de visa de visitante por negocios o turismo (B-1/B-2), y otros visados, como las visas de estudiante y de visitante de intercambio, no es de 160, sino de 185 dólares. 

No olvidar estos documentos

Del mismo modo, el aplicante debe asistir a la entrevista en la fecha programada llevando la Solicitud de visa de no inmigrante, y la página de confirmación del formulario DS-160 con código de barras.

Asimismo, debe llevar su pasaporte, el cual debe ser válido durante al menos seis meses después de su período de estadía en Estados Unidos; y el recibo de pago de la tarifa de solicitud, si debe pagar antes de la entrevista.

Además, si fallara la carga de su foto mientras completa el formulario DS-160 en línea, deberá llevar una fotografía impresa, que cumpla con los requisitos exigidos.

De igual forma, en el sitio web de la Embajada o Consulado de Estados Unidos donde solicitará debe revisar las instrucciones sobre cómo solicitar una visa, porque existe la posibilidad de que se le soliciten documentos adicionales para establecer si está calificado.

En concreto, los documentos adicionales solicitados pueden incluir evidencia del propósito de tu viaje; su intención de salir de Estados Unidos después de su viaje; y/o su capacidad para pagar todos los costos del viaje.

La evidencia de su empleo y/o sus vínculos familiares puede ser suficiente para demostrar el propósito de su viaje y su intención de regresar a su país de origen. Además, si no puede cubrir todos los costos de su viaje, puede mostrar evidencia de que otra persona cubrirá algunos o todos estos costos. 

También se aclara que los solicitantes de visa deben calificar en función de la residencia y los vínculos del solicitante en el extranjero, en lugar de las garantías de familiares y amigos estadounidenses. 

Por ende, no se necesita una carta de invitación o una Declaración Jurada de Apoyo para solicitar una visa de visitante. Si elige traerlas a su entrevista, recuerde que no es uno de los factores utilizados para decidir si se expide o deniega la visa.

Asistir a la entrevista

Ya en un tercer país, un funcionario consular lo entrevistará para determinar si está calificado para recibir una visa de visitante. Debe demostrar que cumple con los requisitos establecidos por la ley estadounidense para recibir una visa.

Como parte del proceso de solicitud, se realizan escaneos de huellas digitales sin tinta. Por lo general, se toman durante la entrevista, pero esto varía según la ubicación.

Después de su entrevista para la visa, el funcionario consular puede determinar que su solicitud requiere un procesamiento administrativo adicional. El funcionario consular le informará si así lo requiere.

Después de que se apruebe la visa, es posible que deba pagar una tarifa de emisión de la visa y hacer los arreglos para la devolución del pasaporte y la visa. También puede revisar los tiempos de procesamiento de visas para obtener más información.

Entrar a Estados Unidos

Algo que no se puede pasar por alto es que una visa permite a un ciudadano extranjero viajar a un puerto de entrada de Estados Unidos, y solicitar permiso para ingresar al país, pero no garantiza la entrada. 

Siempre existe la posibilidad de que los funcionarios del Departamento de Seguridad Nacional y de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos en su puerto de entrada, le permitan o denieguen el acceso al país. 

Si se le permite entrar, el funcionario de la CBP le proporcionará un sello de admisión o un formulario I-94 en papel, Registro de llegada/salida.

Extender la estadía

A través del sitio web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos, puede informarse sobre cómo solicitar una extensión de su estadía más allá de la fecha indicada en su sello de admisión o en el formulario I-94 en papel.

También hay que precisar que, si no sale del país a tiempo, quedará sin estatus. La Ley de Inmigración y Nacionalidad señala que las visas de personas que no tienen estatus se anulan automáticamente. Por tanto, cualquier visa de entrada múltiple que haya sido anulada por estar fuera de estatus no será válida para futuras entradas al país.

No salir de Estados Unidos a tiempo también lo puede dejar inelegible para visas en el futuro. 

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