La nueva norma del Ministerio de Comercio Interior (Mincin), que restringe el comercio mayorista en el sector privado cubano y dispone la obligatoriedad de realizarlo a través de entidades estatales, implica la cancelación de oficio de 100 mil licencias comerciales otorgadas a 3.500 actores económicos, según informó en días recientes Santiago Secada Elozegui, director del Registro Central Comercial.
De acuerdo con lo que detalla la consultora Auge en Facebook, la Resolución 56/2024, que entró en vigor el pasado 5 de diciembre, afectaría a 3.500 pequeñas y medianas empresas (mipymes), cooperativas no agropecuarias (CNA) y trabajadores por cuenta propia (TCP) cuyas autorizaciones incluyen el comercio mayorista como actividad secundaria.
Por otro lado, estarían quienes “operan el comercio mayorista como actividad económica principal”, una cifra que, según precisó ante el Parlamento en julio pasado la titular del Mincin, Betsy Díaz Velázquez, sería de 408 actores no estatales, los cuales ahora tienen que hacer varios cambios si quieren seguir operando.
Esto emprendimientos, recuerda Auge, están obligados por la nueva normativa a actualizar su objeto social y sus licencias comerciales en el Registro Central Comercial, donde deberán incluir expresamente que ejercerán su actividad mediante entidades estatales.
En cualquier caso, los expertos consideran que la resolución impactará en “el resto de los actores económicos que integran la cadena de suministros, desde la importación de las mercancías hasta su distribución interna para el consumo intermedio y final”.
Desde la óptica de Auge, este último número es más difícil de determinar, pero, si se atiende a que el sector privado importó bienes por 900 millones de dólares hasta el primer semestre de 2024, “se trata de un volumen considerable de financiamiento, operaciones y actores económicos involucrados”.
El Mincin ha otorgado “un plazo de 90 días hábiles para que las mipymes y CNA cuya actividad principal sea la comercialización mayorista ratifiquen que continuarán realizando esta con la participación de entidades estatales”.
Mientras, el TCP que hasta ahora realizaba comercio mayorista tiene “un plazo máximo de hasta 120 días hábiles para liquidar el inventario de la mercancía destinada a esta actividad”.
Según el gobierno, “el comercio mayorista con la participación de entidades estatales, o a través de las comercializadoras mayoristas estatales, permite a los actores económicos no estatales utilizar infraestructura, transporte y experiencia comercial”.
Pese a los drásticos cambios implementados, las autoridades insisten en que “el comercio minorista sigue siendo una opción para todos los actores económicos no estatales”.