Visas de EEUU: cubanos elegibles podrían pagar una fianza de hasta 20.000 dólares

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Estados Unidos convertirá en permanente el programa que permite exigir fianzas a determinados solicitantes de visas de turismo y negocios, una medida que incluye a ciudadanos cubanos y contempla depósitos de hasta 20.000 dólares.

La norma definitiva está prevista para entrar en vigor el lunes 3 de agosto, cuando sea publicada en el Registro Federal. Sustituirá al programa piloto iniciado en agosto de 2025 y mantendrá bajo este requisito a nacionales de 50 países.

Cuba figura en la relación desde el 21 de enero de 2026. También aparecen Venezuela y Nicaragua, además de varias naciones de África, Asia, el Caribe y el Pacífico.

La fianza se decide después de la entrevista

El requisito afecta a las visas B-1, destinadas a viajes temporales de negocios; B-2, utilizadas para turismo, visitas familiares o tratamientos médicos; y la categoría combinada B-1/B-2.

La fianza no debe pagarse para presentar la solicitud ni garantiza la aprobación del visado. El solicitante debe completar el procedimiento habitual, pagar la tarifa correspondiente y asistir a la entrevista consular.

Si el funcionario determina que la persona cumple los requisitos para recibir la visa, podrá ordenar el depósito de 10.000, 15.000 o 20.000 dólares como condición para emitirla. La cantidad prevista como referencia será de 15.000 dólares, aunque podrá reducirse o elevarse según las circunstancias individuales.

Lea más: Citas y visas de Panamá para cubanos: cómo funciona el nuevo sistema y el pago desde agosto

Para decidir el importe, los funcionarios podrán valorar el motivo del viaje, los ingresos, el empleo, la educación y los vínculos del solicitante con EEUU. El pago también podrá realizarlo un familiar, amigo u otra persona en nombre del interesado, siguiendo exclusivamente las instrucciones oficiales.

Cuándo se devuelve y cuándo puede perderse

El dinero será devuelto si el viajero cumple las condiciones de su admisión y abandona EEUU dentro del plazo autorizado. También procederá la devolución si la persona no viaja antes de que expire la visa, si resulta inadmisible en el aeropuerto o si el consulado termina negando el visado después del depósito.

El reembolso se hará en dólares y no generará intereses. Quien efectúe el pago deberá asumir posibles comisiones bancarias o variaciones del tipo de cambio.

La norma exige que la entrada y la salida se realicen mediante aeropuertos comerciales. No estarán permitidos los cruces por puertos terrestres o marítimos para cumplir las condiciones de esta fianza.

Permanecer en EEUU después del periodo autorizado, incumplir el estatus migratorio o no salir tras la denegación de una extensión puede provocar la pérdida completa del depósito. La presentación de una solicitud de asilo u otra protección humanitaria mediante el formulario I-589 también aparece entre las causas de incumplimiento.

Una restricción adicional para los cubanos

La permanencia de Cuba en el programa no significa que todos los ciudadanos de la isla puedan obtener una visa B-1/B-2 mediante el pago de la fianza.

Desde el 1 de enero de 2026, EEUU mantiene parcialmente suspendida la emisión de visas de turismo, negocios, estudios e intercambio para ciudadanos cubanos que estaban fuera del país y no poseían un visado válido cuando entró en vigor la restricción.

Los afectados todavía pueden presentar solicitudes y acudir a entrevistas, pero pueden resultar inelegibles para la emisión del visado, salvo que pertenezcan a una categoría exceptuada o reciban una excepción individual por interés nacional.

Según el balance del Departamento de Estado, unas 20.000 solicitudes quedaron sujetas a fianza durante la etapa piloto y cerca de la mitad terminó efectuando el pago. La emisión de visas B-1/B-2 en los países incluidos disminuyó un 83% durante los primeros diez meses del programa.

La conversión del sistema en una política permanente mantiene esa barrera económica y permite que la lista de países sea modificada posteriormente por las autoridades estadounidenses.

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