Porteadores privados en Cuba serán obligados a contratar el combustible a Fincimex S.A.

Havana
nubes
23.3 ° C
23.3 °
23.3 °
72 %
10.4kmh
88 %
Vie
24 °
Sáb
25 °
Dom
24 °
Lun
25 °
Mar
25 °

A partir de marzo los empresarios y trabajadores privados con licencia de transporte en Cuba estarán obligados a contratar el volumen de combustible que utilizarán en la prestación de su servicio con la financiera Fincimex S.A.

De acuerdo con una resolución del Ministerio de Transporte cubano (Mitrans) “las personas naturales y jurídicas no estatales, titulares de Licencia de Operación de Transporte y sus trabajadores contratados”, deben contratar el diésel o la gasolina a la empresa perteneciente al conglomerado militar de Gaesa, teniendo como referencia hasta el máximo que se establece para cada tipo de vehículo en el anexo de la propia norma. 

Los dueños de “medios automotores, coche-motor y lanchas, de motor de combustión interna en el territorio nacional”, que alternen las funciones de transportación de carga y de pasajeros se acogerán “al consumo de combustible máximo de mayor cuantía”, indica la normativa.

Por su parte, los titulares de licencia de transporte dedicados a brindar auxilio tendrán como referencia el volumen de combustible aprobado para la transportación de cargas, en correspondencia la capacidad de carga o arrastre certificada de su vehículo.

Asimismo, la resolución establece que el pago para la adquisición de la gasolina o el diésel se realiza a través de tarjetas magnéticas.

La norma exonera de cumplir los límites de combustible a los trabajadores vinculados a la empresa TAXIS CUBA, los se ajustan a disposiciones específicas de la entidad.

En tanto el Mitrans tendrá la autoridad de extender la cantidad de combustible aprobado a los empresarios y trabajadores privados que cumplan funciones consideradas “de especial interés para la sociedad y la economía del país”, cuando les resulte insuficiente.

En medio de una crisis económica que se expresa de forma frecuente en la escasez de combustible, Cuba reguló desde 2019 el volumen de carburantes que se destina al negocio de la transportación de pasajeros y cargas.

La nueva norma, que deroga lo establecido en la Resolución 411, del 21 de octubre de 2019, mantiene el límite máximo de combustible a contratar según el tipo de vehículo, e incluso lo amplía en pocos casos.

¿Quieres reportar algo?

Envía tu información a: [email protected]

Lo más leído

Quizás te interese