Cuba: Parejas homosexuales masculinas y hombres solos serán beneficiarios de la gestación solidaria

Havana
algo de nubes
21.2 ° C
21.2 °
20.9 °
94 %
0.5kmh
20 %
Vie
30 °
Sáb
30 °
Dom
31 °
Lun
30 °
Mar
29 °

Parejas homosexuales masculinas en Cuba y los hombres solos que lo deseen podrán tener hijos a partir de ahora gracias a la gestación subrogada, según establece el “Reglamento de la reproducción asistida en seres humanos”, aprobado por el Ministerio de Salud Pública (Minsap). 

Publicada por la Gaceta Oficial No. 67 extraordinaria, la Resolución 1151/2022 del Minsap define la gestación solidaria como “la transferencia de embriones mediante la realización de una técnica de reproducción asistida de alta tecnología a una persona apta con el fin de lograr la gestación y desarrollar el embarazo hasta el nacimiento”.

El artículo 21 del Reglamento precisa que serán beneficiarse de la gestación solidaria “mujeres que una causa médica le impida la gestación, integrantes de parejas homoafectivas masculinas y hombres solos”.

La norma establece que la ejecución de esos tratamientos, procederes y técnicas requieren autorización judicial, y el personal médico involucrado es responsable de aportar al tribunal actuante la información integral de la futura gestante y de los beneficiarios del procedimiento.

La gestación subrogada fue uno de los temas más polémicos del recién aprobado Código de las Familias, junto al matrimonio homosexual y la adopción por parte de parejas del mismo sexo.

De acuerdo con una nota del Minsap, el “Reglamento de la reproducción asistida en seres humanos”, es uno de los documentos complementarios del código.

En vigor desde su publicación este viernes, el texto tiene como objetivo garantizar el derecho de las personas a la filiación asistida y establece los principios y organización de esta acti- vidad en el Sistema Nacional de Salud.

La normativa regula los requisitos para certificar los centros de salud, servicios, bancos de gametos y embriones que se requieren para atender estos procesos, y asegura el acceso a la reproducción asistida a las personas que expresen su voluntad de intervenir y requieran de estas para lograr la concepción y llevar a término el embarazo.

Asimismo, respeta el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en los términos previstos en las guías de buenas prácticas clínicas y las regulaciones dictadas al efecto por el Minsap.

¿Quieres reportar algo?

Envía tu información a: [email protected]

Lo más leído

Quizás te interese

Envíos a CUBA desde → $1.89 x LBENVÍA AQUÍ
+