Cuba aprueba nuevos cambios destinados a atraer inversión extranjera, comercio y turismo

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Cuba presentó el 3 de septiembre una serie de regulaciones destinadas a atraer inversión extranjera, comercio y turismo a la isla, que forma parte de las reformas de libre mercado que adopta bajo la presión de Washington.

En medio de una grave crisis económica, la Gaceta del país publicó 34 páginas de nuevas normas y modificaciones legales que, al menos sobre el papel, modifican aspectos centrales del régimen de inversión extranjera en la isla.   

Se trata de importantes cambios legales que buscan eliminar controles considerados durante años obstáculos para atraer y retener capital foráneo.

El ministro de Comercio Exterior, Oscar Pérez-Oliva Fraga, aseguró que el gobierno está “aumentando la flexibilidad, simplificando los procesos, reduciendo los plazos y la burocracia y, sobre todo, respondiendo a las demandas… de los inversionistas para facilitar sus operaciones comerciales en Cuba y hacer que sus empresas sean más eficientes”.

El Decreto-Ley 128/2026, publicado el jueves, modifica la Ley 118 de Inversión Extranjera, hasta ahora la principal legislación sobre capital foráneo en el país.

En teoría, esta actualización constituye un avance en la simplificación de los procedimientos y en la apertura de nuevos actores económicos. 

Entre los cambios que buscan “flexibilizar la gestión” de las inversiones aparece la contratación directa de trabajadores, por lo que se elimina la obligación de usar entidades empleadoras para contratar personal. Dicho de otra manera: las empresas mixtas y de capital 100% extranjero pueden contratar directamente.

También se establece que las empresas decidirán el destino de las utilidades y la creación de un fondo de estimulación, con excepciones para contratos de administración hotelera o servicios profesionales.

Por otro lado, las empresas mixtas y los inversionistas nacionales en contratos de asociación económica internacional pueden abrir cuentas en bancos del exterior sin autorización previa del Banco Central de Cuba, solo deben notificarlo en un plazo de siete días.

También se determina nuevas disposiciones para la selección y la contratación de trabajadores que hayan sido “cuadro” del Estado, con plazos de espera de uno a dos años según el caso.

Asimismo, el gobierno cubano aprobó tres nuevas regulaciones que actualizan y abren el sector del turismo a nuevos actores económicos.

La Resolución 68/2026, por ejemplo, elimina la prohibición para que formas de gestión no estatal (como privados y cooperativas) puedan operar agencias de viajes, y establece los requisitos para obtener una licencia (vigencia de 3 años), las obligaciones y las causales de sanción.

En tanto, la Resolución 69/2026 pauta las normas para la actividad de transporte turístico terrestre y alquiler de vehículos, aplicable a empresas estatales, inversión extranjera y formas de gestión no estatal. Se definen los requisitos para operar, las modalidades de alquiler y la clasificación de los vehículos.

Por su parte, la resolución 70/2026 elimina la prohibición para que los trabajadores por cuenta propia (autónomos) ejerzan como guías de turismo. Se establecen las clasificaciones (profesional, autónomo, especializado), los principios de desempeño y la obligación de contar con una credencial que será entregada por la agencia o por el Directorio Nacional de Guías.

Los cambios normativos publicados la pasada semana siguen al paquete de 176 reformas anunciado en junio, considerado como el mayor cambio individual en el modelo socialista de Cuba desde 1959. 

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