Llega otra migaja: la autorización a importar paneles solares

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Las personas jurídicas naturales podrán importar además de los paneles solares todas sus partes y piezas, libres del pago de aranceles. ¿Dónde estaba «el bloqueo» pues?

Un viejo reclamo, la posibilidad de poder importar paneles solares individualmente a Cuba en medio de constantes crisis energéticas durante más de dos décadas en el país, acaba de llegar ahora, como «regalo dadivoso» del gobierno – a través de la inoperante Aduana – luego de que miles de cubanos se lanzaran a las calles a protestar por el alto costo de la vida en Cuba que, incluye además de la falta de alimentos y medicinas, los constantes apagones eléctricos.

Pues, en medio del complejo panorama que se avizoraba y se palpaba en la isla desde la época de Ñañaseré, ahora, el gobierno, ha decidido «escuchar» los reclamos de la población que vive, como ninguno de esos dirigentes, la crisis eléctrica; y ha deciido autorizar la importación de sistemas fotovoltaicos, a título individual.

La Empresa Eléctrica será la entidad encargada de certificar el cumplimiento de los requisitos para la instalación, de los sistemas fotovoltaicos, que se esperan puedan «resolver» en algunos pocos hogares lo que la vetusta tecnología del Sistema Eléctrico Nacional (SEN), no puede garantizar, debido más que nada a su pobre nivel de inversión.

Partes y piezas podrán ser importadas por personas naturales, según la Resolución 206/2021 publicada en la Gaceta Oficial de la República, que llega además con otro «regalo»: queda exenta «de impuestos a su paso por la Aduana”.

La disposición establece el carácter expedito de su vigencia a partir de ayer, 28 de julio de 2021.

Paneles fotovoltaicos, Protecciones de corrientes directa y alterna, Inversor para sistemas fotovoltaicos, Baterías para el almacenamiento de energía, Conductor eléctrico, Sistema de puesta a tierra, Estructura de soporte (herraje y tornillería)
Pizarra eléctrica, Regulador de carga de batería, Gabinete para piezas y componentes del sistema fotovoltaico, y Accesorios eléctricos para el montaje, podrán ser introducidos en el país por personas jurídicas naturales sin pagar los correspondientes aranceles. Estas personas naturales serán las responsables de la instalación del sistema fotovoltaico, así como su sostenibilidad y mantenimiento.

De igual modo, el texto señala que otras partes consideradas “fundamentales” también quedan igualmente libre de impuestos.

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Una disposición que pudo ser establecida desde hace ya muchos años, y que llega ahora, cuando millones de cubanos tienen el agua al cuello y literalmente, no soportan un apagón más.

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