Otra cubana con I-220A es retenida por ICE. Asegura hay dentro otros 18 más como ella

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La incertidumbre que viven muchos inmigrantes cubanos en Estados Unidos tuvo un nuevo episodio con la detención de Beatriz Monteagudo, una joven de 25 años que fue arrestada por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) a pesar de tener en su poder un formulario I-220A y un caso de asilo pendiente.

Monteagudo había acudido, como de costumbre, a su cita rutinaria en las oficinas del ICE en Miramar, Florida. Su intención era cumplir con el protocolo que exige este tipo de documentación para los migrantes que están bajo una orden de supervisión. Sin embargo, esta vez la historia fue distinta. Según relató la propia joven desde el centro de detención, al llegar fue informada de que quedaría retenida sin mayores explicaciones.

«Cuando llegué me dijeron que esperara y luego vinieron a detenerme. Les mostré todos mis documentos, pero no quisieron escucharme», declaró Monteagudo en una llamada telefónica a su familia en Cuba, publicada en un reportaje de Telemundo51.

Desde el centro de detención, Monteagudo asegura que no es la única en esa situación. Según afirmó, hay al menos otros 18 cubanos retenidos en las mismas circunstancias: personas con el formulario I-220A y casos de asilo pendientes, que ahora enfrentan un panorama incierto.

El formulario I-220A es una orden de supervisión que permite a ciertos inmigrantes permanecer en el país bajo ciertas condiciones, como reportarse periódicamente ante las autoridades migratorias. Aunque este documento no es una garantía de estatus legal, su uso ha sido común en el sistema migratorio estadounidense, especialmente entre los migrantes que llegan a través de la frontera y esperan que sus casos sean atendidos en corte.

La familia de Monteagudo en Cuba ha manifestado su preocupación, especialmente porque la joven había logrado establecerse en Estados Unidos, iniciar su proceso de asilo y mantenerse bajo las normas establecidas por ICE. «No entendemos por qué la detuvieron si ella ha seguido todas las reglas», declaró su hermana.

Por el momento, la joven espera que su abogado pueda intervenir para esclarecer la situación y lograr su liberación lo antes posible.

¿Por qué el I-220A no garantiza la deportación inmediata? ¿Hay motivos para preocuparse?

El caso de Monteagudo se suma a la creciente incertidumbre que viven miles de cubanos que llegaron al país en los últimos años y que ahora temen que sus documentos no basten para evitar la deportación.

En teoría y según la normativa migratoria vigente en Estados Unidos, si una persona tiene en su poder el formulario I-220A y una fecha de corte asignada para su caso de asilo político, no puede ser deportada de inmediato a menos que haya cometido un delito o haya violado las condiciones de su supervisión migratoria.

El formulario I-220A (Orden de Libertad bajo Supervisión) es un documento que el ICE emite a ciertos inmigrantes que no se encuentran en detención pero que están obligados a cumplir ciertas condiciones (como presentarse regularmente en las oficinas de inmigración).

Cuando una persona tiene este documento y además una fecha de corte para su audiencia de asilo, está protegida por el principio del debido proceso. Esto significa que:

ICE no puede deportarla automáticamente sin que haya una decisión judicial previa.
✅ La persona tiene derecho a que su caso sea revisado en una corte de inmigración.
Solo un juez de inmigración puede ordenar formalmente la deportación tras analizar el caso.

Excepciones que podrían acelerar una deportación

Existen ciertos escenarios en los que ICE podría detener y deportar a una persona aunque tenga I-220A y fecha de corte:

Cometer un delito grave o cualquier acto que ICE considere una amenaza para la seguridad pública.
Incumplir con las condiciones del I-220A, como faltar a sus citas en las oficinas de ICE.
❗ Si la persona pierde su caso de asilo y no presenta una apelación en el plazo establecido.

¿Por qué ICE podría estar deteniendo personas con I-220A recientemente?

En los últimos meses, se ha reportado que ICE ha intensificado sus acciones contra personas con I-220A debido a que algunos jueces están considerando este documento como una forma de libertad condicional temporal, no como un estatus migratorio sólido. Sin embargo, esto no elimina el derecho de la persona a presentar su caso ante un juez.

En resumen, si Beatriz Monteagudo tiene un caso de asilo pendiente y no ha cometido ningún delito, legalmente ICE no debería deportarla sin que se realice la audiencia en la corte. Lo que sí puede ocurrir es que quede detenida durante el proceso si las autoridades consideran que representa algún tipo de riesgo.

Proceso Judicial en Casos de Asilo Político en EE.UU. bajo un I-220A

Cuando una persona llega a EE.UU., especialmente por la frontera, y recibe el formulario I-220A (Orden de Libertad bajo Supervisión), entra en un proceso migratorio que sigue estas etapas:


1. Presentación de la solicitud de asilo

  • La persona debe presentar el Formulario I-589 para solicitar el asilo político.
  • Este trámite se debe realizar en un plazo de un año desde la fecha de ingreso a EE.UU. (salvo excepciones justificadas).
  • Al presentar este formulario, la persona obtiene protección temporal contra la deportación mientras su caso está pendiente.

2. Asignación de la fecha de corte

  • Una vez aceptada la solicitud de asilo, se asigna una fecha de audiencia en la corte de inmigración.
  • En esta etapa, la persona aún está protegida de la deportación, pues está en proceso de defensa de su caso.

3. Audiencia ante un juez de inmigración

  • Durante la audiencia, el solicitante debe presentar pruebas que justifiquen el temor de persecución en su país de origen.
  • El juez puede:
    • Conceder el asilo.
    • Negar el asilo (en cuyo caso la persona puede apelar).
    • Ordenar la deportación si el solicitante no demuestra razones válidas para recibir protección.

4. Proceso de apelación (si el asilo es denegado)

  • Si el juez niega el asilo, el solicitante tiene derecho a presentar una apelación ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA).
  • Durante el proceso de apelación, la persona suele mantenerse en EE.UU. hasta que se tome una decisión final.

5. Excepciones: ¿Cuándo ICE puede detener y deportar sin esperar la corte?

ICE puede actuar de forma más agresiva si se cumplen ciertas condiciones:

Si el solicitante ha cometido un delito grave.
Si incumple las condiciones del I-220A, como faltar a citas con ICE o no informar sobre cambios de dirección.
Si el caso de asilo fue denegado y la persona no apeló en el tiempo permitido.


6. Derechos de una persona detenida por ICE con I-220A

📜 Derecho a ser informado sobre el motivo de su detención.
📜 Derecho a contactar a su abogado.
📜 Derecho a que su abogado solicite una fianza para liberación condicional.
📜 Derecho a permanecer en EE.UU. mientras su caso esté pendiente en la corte o en apelación.

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