Nuevas leyes de Migración y Extranjería en Cuba serían peor de lo pensado

Havana
nubes dispersas
24.2 ° C
24.2 °
24.2 °
100 %
2.1kmh
40 %
Dom
31 °
Lun
27 °
Mar
24 °
Mié
27 °
Jue
27 °

Los nuevos proyectos de leyes de Migración, Extranjería y Ciudadanía, presentados recientemente por la Asamblea Nacional del Poder Popular, para “promover la participación ciudadana y contribuir a la cultura jurídica”, de los cubanos, podrían ser más prohibitivos de lo pensado.

Que quienes sean emigrados los seguirán siendo, que la residencia permanente en Cuba la tendrá quien pase la mayor parte de un año calendario en el país o que los cubanos deberán identificarse con el pasaporte cubano y comportarse como tal dentro de la isla, aunque tengan otra ciudadanía, son de los puntos más polémicos. 

Uno de los aspectos que más duda ha generado es el concepto de residencia efectiva migratoria que, según apuntó en televisión nacional el coronel Roberto Aguilera Puig, jefe de la Unidad de Frontera en la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería, se refiere a personas que mantengan un arraigo sostenido con el país, ya sea mediante estancia prolongada o la posesión de bienes.

Otro punto importante es que con esta norma desaparece el límite de estancia de 24 meses para cubanos en el extranjero, vigente desde 2013, y se pasará a “determinar dónde residen los cubanos”, apuntó el teniente coronel Roilán Hernández Concepción, jefe del Departamento de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior. 

Es decir, que se definirá quiénes son los que viajan una o dos veces al año a la isla y quiénes lo hacen una vez cada dos años o más. O sea, que el principio de 24 meses fuera será sustituido por el de “residencia efectiva migratoria”, que será clave para definir el arraigo con el país, porque permitirá a quienes tienen estancias prolongadas o bienes en la isla mantener su vínculo con Cuba.

De emigrado a residente en el exterior

Hasta el momento, como emigrado cubano se entendía aquel que hubiera permanecido más de 24 meses fuera del país.

De acuerdo con lo que explicó el abogado Eloy Viera, coordinador de la publicación elTOQUE Jurídico, a Martí Noticias, el nuevo documento define dos tipos de residencia: en el territorio nacional y en el exterior.

En palabras del experto, “como la mayoría de las normativas cubanas, este es un proyecto diseñado para proteger al poder y dejar lo más enrarecido posible el ambiente para que pueda ser sujeto de múltiples interpretaciones”.

Viera recordó que el término de los 24 meses, que ahora se elimina, fue derogado en la práctica desde el 9 de marzo de 2020, cuando se suspendió por motivo de la pandemia de covid. “Desde esa fecha nadie que hubiese cumplido 24 meses fuera de Cuba debió haber sido declarado emigrado”, acotó.

Por ende, el gobierno cubano pretende convertir en norma jurídica una suspensión que se aplicó tres veces consecutivas de forma indeterminada.

Si bien con la entrada en vigor de la ley, quienes salgan del país no serán declarados emigrados, sino que se establece una diferenciación clara entre cubanos de adentro y cubanos de afuera. 

“Lo que dice es que no va a hacer falta 24 meses y que cuando salgas de Cuba serás declarado residente en el exterior”, añadió el letrado, no sin recalcar que serán considerados en residentes en el territorio nacional quienes pasen la mayor parte del tiempo de un año calendario en Cuba.

Dicha condición también puede obtenerse con la combinación de un periodo de permanencia inferior a la mayor parte del año calendario, si se combina con “otras evidencias materiales que demuestren que mantiene un arraigo con el país”, o sea, “un vínculo permanente”.

Sobre la misma cuerda, vale resaltar que, pese a que los emigrados perdían todos sus derechos, la propuesta de ley, que deberá ser aprobada en julio por el Parlamento, no aclara qué derechos tendrán los cubanos residentes en el exterior.

Además, el teniente coronel precisó que, los cubanos hasta ahora catalogados, podrán solicitar su cambio de emigrados a residentes en el exterior.

Asimismo, esta norma reduce notablemente la cantidad de ciudadanos cubanos que obtuvieron la residencia en el territorio nacional tras haberla perdido, conocidos como repatriados, y continúan residiendo en el exterior. En otras palabras, que se dejará de considerar que mantienen domicilio en Cuba cubanos que residen en el exterior. 

Sin poder ejercer otra ciudadanía

Con relación a uno de los puntos más polémicos de este norma, Hernández Concepción aseguró que “los cubanos no pierden la ciudadanía cubana, por tener otra”. 

Es decir, que seguirá vigente el término de “ciudadanía efectiva”, pues esta ley “obliga a los cubanos a que, mientras se encuentren en el territorio nacional, deben actuar como ciudadanos cubanos. No pueden ejercer otra ciudadanía”.

Por su parte, Viera resaltó que “este proyecto habla de la renuncia a la ciudadanía única y exclusivamente para calificar a quienes Cuba entiende por extranjeros”. Por tanto, no será posible para las personas nacidas en la isla entrar al país sin pasaporte cubano.

Al mismo tiempo, aunque antes se establecía en 90 días, 180 días y un año, la actual propuesta no determina un período de estancia del residente en el exterior a Cuba. “Queda a elección de cada cubano el tiempo que, cuando visite Cuba, permanezca en el territorio nacional”.

Derecho a heredar

Por otro lado, este proyecto de ley tampoco determina quiénes podrán heredar propiedades en Cuba. La norma que establece la prohibición de que los emigrados hereden es el Código Civil cubano, puntualizó Viera al respecto.

“Esa normativa está dejando claro que van a seguir existiendo diferencias con relación al ejercicio de derechos entre residentes fuera de Cuba y residentes en territorio nacional. Lo que sí está claro es que si usted sale de Cuba pasará a una condición migratoria diferente”, añadió.

“Coloca en una condición desventajosa a quienes entraban y salían cada 24 meses y mantenían su carnet de identidad porque estas personas no tenían que vivir en Cuba”, resumió.

Igualmente, el teniente coronel reafirmó que esta ley no tiene relación directa con el ejercicio de los derechos patrimoniales, pero “no aplica ninguna fórmula en contra de ellos”.

A la vez, Hernández Concepción detalló que, a raíz de la pandemia, ningún cubano ha sido declarado como emigrado en los últimos años, y que, como la ley entrará en vigor 180 días después de ser aprobada, los cubanos tendrán ese tiempo “para decidir si regresan al país y se someten a las nuevas regulaciones que la ley tiene sobre residencia efectiva”, o si permanecen en el exterior.

No se debe olvidar que esta normativa establece regulaciones relativas a los permisos de trabajo para extranjeros y los requisitos para realizar actividades profesionales o laborales de cualquier tipo en Cuba; y medidas y sanciones administrativas aplicables a extranjeros.

¿Quieres reportar algo?

Envía tu información a: [email protected]

Lo más leído

Quizás te interese

Envíos a CUBA desde → $1.79 x LBENVÍA AQUÍ
+