Riesgos fiscales para que un cubano residente en la isla cobre su Airbnb desde una cuenta bancaria en el extranjero

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Cuba sigue siendo una rareza dentro del mapa del turismo mundial. Un país donde cientos de anfitriones ofrecen alojamientos a través de plataformas internacionales como Airbnb, pero donde la infraestructura financiera —limitada por sanciones, trabas internas y vigilancia estatal— impide a muchos cobrar sus propios ingresos de forma directa, rápida y segura.

¿Puede un cubano residente en la isla usar una cuenta bancaria en el extranjero para recibir el dinero de un hospedaje reservado a través de Airbnb? La respuesta rápida es que sí… pero con matices, riesgos y rodeos.

En teoría, Airbnb permite operar en Cuba desde 2015, cuando el deshielo con Estados Unidos abrió un resquicio para los negocios privados. Sin embargo, desde entonces, y con la vuelta del bloqueo reforzado bajo Trump, la plataforma ha tenido que reajustar sus políticas, impidiendo —al menos formalmente— que los anfitriones residentes en la isla reciban sus pagos mediante cuentas bancarias convencionales en el extranjero.

Las vías legales y oficiales de cobro en Cuba se han reducido en los últimos años a tarjetas emitidas por empresas estatales como Fincimex (las famosas tarjetas AIS o MLC), y a veces a servicios tercerizados como VaCuba o Western Union cuando han estado disponibles. Sin embargo, muchos anfitriones burlan estas restricciones utilizando una práctica tan antigua como el ingenio cubano: declarar en su perfil de Airbnb una residencia en otro país —generalmente España, México o EE.UU.— y canalizar el dinero a través de cuentas de familiares, amigos o terceros de confianza que residen fuera de la isla.

¿Es legal? Técnicamente, no. Airbnb prohíbe el uso de información falsa y puede congelar los pagos si detecta que la residencia del anfitrión no coincide con la del perfil registrado. Sin embargo, la empresa presuntamente también ha preferido, en muchos casos, mirar hacia otro lado para no cerrar completamente su presencia en la isla. En la práctica, lo que algunos habrían instalado es un sistema informal, sostenido por la confianza, pero plagado de vulnerabilidades.

Ahora bien, ¿puede un cubano residente en Cuba abrir una cuenta bancaria en el extranjero? En principio, la ley no se lo prohíbe. Pero en la práctica, los obstáculos son enormes. Requiere presencia física en el país donde se quiera abrir la cuenta, documentación oficial, prueba de domicilio e incluso, en muchos casos, estar fuera de listas negras como las que aplican los bancos europeos a ciudadanos cubanos por las sanciones de EE.UU. Países como Panamá o Serbia han ofrecido más flexibilidad, pero aún así, lograrlo desde la isla —sin visado, sin pasaje, y sin contactos externos— sigue siendo poco factible.

Ante esas limitaciones, surge la opción más utilizada: que un extranjero —ya sea un amigo, un cliente o un familiar— le facilite al cubano una cuenta para recibir los pagos. Esto puede implicar que el titular extranjero reciba el dinero en su cuenta bancaria y luego lo transfiera al cubano por otras vías, como Zelle, criptomonedas, remesas, o incluso efectivo transportado por mulas. El problema es que este “favor” puede derivar en serias complicaciones legales.

En el caso de Estados Unidos, por ejemplo, el IRS (la agencia fiscal) puede detectar movimientos inusuales en una cuenta y requerir justificación. Si se reciben ingresos regulares sin declararlos como propios, o si se sospecha que se está facilitando evasión fiscal o lavado de dinero, las consecuencias pueden incluir auditorías, multas, e incluso cargos penales. Algo similar ocurre en España, donde Hacienda exige declarar todos los ingresos recibidos y puede imputar como renta personal cualquier ingreso que no esté debidamente justificado. Si los montos superan ciertos límites, además, podría obligar al titular a declarar esas cuentas en el modelo 720, con sanciones muy altas por omisión.

Para el cubano, los riesgos también son considerables. No solo depende completamente de la buena voluntad del titular extranjero, sino que también queda expuesto a que el dinero se congele, se pierda o que el “intermediario” decida quedarse con una parte mayor. Además, al no figurar formalmente como beneficiario de los fondos, no tiene ninguna posibilidad legal de reclamar. En resumen, su sustento económico queda amarrado a un sistema sin garantías.

Una variante aún más arriesgada es ceder completamente el control del perfil de Airbnb al extranjero, registrándolo como si él fuera el anfitrión y dueño del alojamiento en Cuba. Esto, que a veces se hace para sortear restricciones tecnológicas o fiscales, puede derivar en un problema serio: el extranjero, si quisiera, podría apropiarse del negocio, del flujo de ingresos, e incluso reclamar derechos sobre la propiedad. No sería la primera vez que se da un caso de apropiación en sentido inverso: durante años, muchos extranjeros que intentaban fijar residencia en Cuba se veían obligados a comprar una casa y ponerla a nombre de un cubano por las restricciones legales, y más de uno terminó perdiendo su inversión cuando esa “confianza” se quebró.

El riesgo también existe para el extranjero. Al figurar como titular del perfil y de la cuenta bancaria, su nombre podría aparecer vinculado a operaciones dentro de Cuba, lo que podría acarrear sanciones personales o limitaciones legales si se llegara a aplicar alguna penalidad extraterritorial más estricta. No es descabellado imaginar que un extranjero que ayude de buena fe a un cubano termine eventualmente en alguna lista de entidades o personas «vinculadas» al negocio en Cuba, lo que podría tener consecuencias migratorias o financieras, especialmente en países como Estados Unidos.

El asunto se complica aún más si lo miramos desde la óptica de Airbnb. La empresa, al operar en un país sancionado como Cuba, corre riesgos regulatorios si se descubre que facilita pagos que terminan en cuentas no autorizadas o que son usados para esquivar sanciones. Aun así, ha mantenido su presencia en la isla con un modelo de perfil bajo, apoyándose en terceros y sin ofrecer soporte bancario completo.

¿Qué alternativas existen entonces? Algunas, aunque no todas ideales. Las criptomonedas han ganado popularidad como mecanismo para recibir pagos desde el extranjero y convertirlos en moneda utilizable dentro de la isla. Plataformas como BitRemesas o incluso transferencias P2P a través de Binance se han vuelto parte del paisaje cotidiano para muchos emprendedores cubanos. También existen servicios intermedios —muchos de ellos no regulados— que convierten pagos internacionales en saldos en tarjetas cubanas, aunque con comisiones elevadas y riesgos asociados.

En resumen, la respuesta a si un cubano residente en la isla puede recibir legalmente el dinero de su Airbnb en una cuenta extranjera es un rotundo: sí, pero no sin riesgos. Se trata de un juego constante de malabares legales, donde la improvisación se ha convertido en norma, y donde todos —el anfitrión, el intermediario, y la plataforma— actúan sobre una cuerda floja entre la necesidad económica, las restricciones políticas y los laberintos fiscales internacionales.

La situación evidencia la contradicción profunda entre un país que abre tímidamente sus puertas al emprendimiento digital y un entorno financiero que sigue cerrado a cal y canto. Y como casi todo en Cuba, lo que debiera ser simple —cobrar por un servicio— termina siendo un viaje tortuoso, lleno de dobleces, favores y riesgos que pueden terminar costando más que el propio alquiler.

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