El anuncio hecho el lunes 16 de marzo en la televisión estatal —y amplificado por medios oficiales en Cuba— marca un cambio relevante: por primera vez se plantea que cubanos residentes en el exterior, incluso sin “residencia efectiva”, puedan invertir “de forma directa y legal” y hacerlo también mediante una empresa privada; además, se habilita la apertura de cuentas bancarias en divisas en bancos nacionales y se abre el paraguas para inversiones “pequeñas y grandes”, con énfasis en infraestructura y agricultura.
La dimensión de “giro” no está en la retórica de apertura (palabra usada y reusada), sino en el sujeto habilitado: la diáspora —durante décadas tratada como sospechosa o, en el mejor de los casos, “remesa”— pasa a ser presentada como “inversor” posible, y en sectores estratégicos. Esto ocurre mientras la economía atraviesa un cuadro de apagones, escasez y deterioro de servicios básicos, y en un contexto de conversaciones reconocidas por el propio gobierno con Washington, según reportes coincidentes de prensa internacional.
En paralelo, el discurso oficial en Cuba insiste en dos ideas a la vez: “no hay limitaciones” desde el lado cubano para la inversión (según una frase destacada por Reuters), y el “bloqueo”/embargo estadounidense seguiría siendo el gran freno, citándose explícitamente marcos como Helms‑Burton. Esa coexistencia —“todo está abierto” pero “no se puede”— es precisamente el nudo del debate que abre el título de esta nota.
La contradicción central: cuando el propio Estado admite que sí se podía
La frase más reveladora es la admisión de que «sí se podía». El propio mensaje oficial reconoce que “hasta hoy no se podía”: la posibilidad de ser dueño de una empresa privada en la isla estaba “reservada” a quienes tuvieran “residencia efectiva”, y ahora se extiende a quienes obtengan la categoría migratoria de “inversores y de negocios”; pero ese “hasta hoy no se podía” no describe un impedimento tecnológico ni un fenómeno natural: describe una regla política. Confirma que el candado principal estaba puesto en La Habana, no en Washington. La propia agencia EFE lo formula con claridad legal: “según la actual legislación”, los cubanos residentes en el exterior no podían ser socios de una mipyme, aunque sí podían participar en empresas extranjeras y mixtas.
Para no ir más lejos…. Cuando se legalizaron las mipymes privadas, el diseño original dejó fuera explícitamente a los no residentes. Un texto explicativo de Periodismo de Barrio, basado en el decreto‑ley que creó ese marco, resume que para crear o ser socio de una mipyme privada se exigía ser “residente permanente”. Por eso la pregunta “¿por qué no se hizo antes?” no es un recurso retórico vacío: es una pregunta de responsabilidad política. Si hoy se anuncia que la puerta está abierta, entonces la puerta existía; lo que cambió es quién tenía la llave… y cuándo decidió girar el picaporte. ¿O no?
El anuncio de inversión de la diáspora llega acompañado —y en parte sostenido— por movimientos legales recientes que muestran cómo se intenta abrir sin soltar el timón. El gesto típico que los cubanos conocen: sacarle presión a la caldera.
Un ejemplo clave es el Decreto‑Ley 114/2025, publicado en la Gaceta Oficial de Cuba en marzo de 2026, que regula asociaciones entre entidades empresariales estatales y no estatales mediante cuatro modalidades: crear sociedades de responsabilidad limitada mixtas; que una entidad estatal adquiera participaciones en una privada existente; absorciones; y contratos de asociación económica. Ese decreto no “libera” por sí mismo el mercado: define, sobre todo, un circuito formal donde el Ministerio de Economía y Planificación aparece como organismo rector que “dirige y controla” esa política y sus aprobaciones.
En sus disposiciones, además, el propio Decreto‑Ley 114 establece que su régimen se rige supletoriamente por el Decreto‑Ley 88/2024 sobre mipymes y que entra en vigor 30 días después de su publicación, lo que subraya que la “apertura” se canaliza por normas y tiempos administrativos definidos desde arriba.
Ahora, el régimen de Cuba presenta este Decreto‑Ley 114 como una habilitación para que una empresa privada donde participe o sea dueño un cubano residente en el exterior pueda aliarse con una empresa estatal. Es decir: se abre la puerta, pero el pasillo conduce a una arquitectura donde el Estado decide con quién, cómo y bajo qué evaluación se asocia. Entonces, ¿cuál es el cambio? ¿Nos quieren tomar por tontos?
Si uno mira la historia reciente, el episodio de la diáspora encaja en un patrón reconocible: prohibiciones que se justificaron durante años (a menudo con discurso moral o igualitarista) y que, llegado el punto de asfixia económica, se desmontan parcial o totalmente.
En 2008, por ejemplo, se levantaron restricciones que el propio discurso oficial calificó como “prohibiciones absurdas”: se autorizó que los cubanos pudieran hospedarse en hoteles y alquilar vehículos turísticos (antes reservado en la práctica a extranjeros), presentándolo como una medida para reactivar la economía. Ese mismo ciclo incluyó la liberalización del acceso a bienes y servicios tecnológicos que habían estado restringidos: se anunció permiso para la venta de ordenadores, reproductores de DVD y electrodomésticos cuya comercialización “estaba restringida” y, poco después, se formalizó permitir que la población contratara telefonía móvil, hasta entonces reservada a extranjeros y funcionarios, según la propia ETECSA.
En materia de propiedad, el giro de 2011 con la vivienda es aún más explícito, porque el propio texto legal habla de “eliminar prohibiciones y flexibilizar limitaciones” en actos de transmisión de la propiedad de la vivienda para garantizar el ejercicio efectivo de derechos de los propietarios. Cuando un decreto‑ley tiene que decir que viene a “eliminar prohibiciones”, está confesando que esas prohibiciones fueron decisión interna, no imposición externa.
La política migratoria de Cuba también ofrece un ejemplo clásico del “no se podía”: durante décadas existió la “tarjeta blanca” (permiso de salida). En 2012 se anunció el fin de ese requisito mediante el Decreto‑Ley 302, presentándolo como reforma largamente esperada, aunque con márgenes de discrecionalidad estatal para limitar quién puede viajar.
En el deporte, la contratación en ligas extranjeras fue durante años un tabú asociado a la negación del profesionalismo. Sin embargo, en 2013 se anunció una política que permitía a deportistas firmar contratos con ligas extranjeras, condicionándolo a obligaciones internas (“estar presentes” para competiciones fundamentales), una fórmula que abre el grifo pero mantiene el control político‑administrativo sobre carreras profesionales.
En divisas, el péndulo es histórico: en 1993 se despenalizó la tenencia de dólares mediante decreto‑ley y se permitió comprar mercancías en establecimientos hasta entonces destinados a extranjeros, además de habilitar cuentas bancarias en esa moneda. Es difícil encontrar un ejemplo más claro de “se dijo que no” y luego “se hizo” cuando la economía lo exigió.
Más cerca en el tiempo, la creación de circuitos de consumo en moneda libremente convertible (MLC) —otra forma de admitir que la economía en pesos no alcanza— fue presentada como parte de un “nuevo conjunto de medidas económicas”, y se materializó, entre otros hitos, con la venta en MLC de electrodomésticos, piezas de carros y otras mercancías. Para quien mira desde abajo, esto suele leerse como un reparto de acceso: quien tiene divisas entra; quien no, mira desde la puerta.
En movilidad y mercado interno, la compra de vehículos ilustra el mismo mecanismo: en 2013 se anunció la eliminación de “cartas de autorización” para comprar automóviles, reconociendo que ese control era “inadecuado y obsoleto” y que fomentaba corrupción y mercados paralelos. Primero se prohíbe; luego se tolera por la vía informal; finalmente se legaliza cuando el costo de sostener la prohibición supera el beneficio del control.
Un ejemplo interesante es la autorización de la entrada al país de elementos para consumi la llamada «energía limpia». Es decir: los paneles solares. No le quitaba nada al Estado, pero estaba prohibido. Sin embargo, en 2021 la Aduana informó que se autorizaba a personas naturales la importación no comercial de sistemas fotovoltaicos, exenta de impuestos aduaneros. Y en 2026 una resolución publicada en Gaceta amplía y sistematiza beneficios: exime del Impuesto Aduanero la importación de sistemas fotovoltaicos y otros equipos renovables (incluyendo que, para personas naturales, no computen en el valor de importación no comercial si se presentan separados), y contempla exenciones tributarias asociadas a la instalación para autoconsumo o entrega al sistema eléctrico. Solo cuando el país se vio envuelto en apagones crónicos, fue que aquello que “no se podía” se volvió política pública. Como ahora.
Garantías, desigualdad y la lógica del “buchito”… En Cuba, la miseria no es solo un resultado; es también una herramienta de gobernabilidad cuando el acceso a bienes se administra como premio. El propio diseño de las «aperturas» — como esta anunciada ayer— suele venir con condiciones (residencia efectiva, licencias, autorizaciones, intermediación estatal, “presencia” obligatoria, etc.), lo que permite convertir derechos en concesiones.
El problema es que resulta, como muchísimas otras, expuestas párrafos encima o no, una apertura tardía y condicionada que no corrige automáticamente la inseguridad jurídica ni la desconfianza acumulada. El diario español El País recoge que existe recelo entre emigrados por experiencias previas donde algunos terminaron marchándose otra vez, con propiedades confiscadas e incluso con años de cárcel; y subraya que, sin reglas claras y transparencia institucional, la inversión puede producir distorsión y desigualdad en lugar de desarrollo.
EFE, por su parte, añade una capa estructural: quienes emigraron antes de ciertas reformas perdieron propiedades y derechos bajo la legislación vigente entonces; y aun con cambios recientes, la posibilidad de poseer inmuebles se vincula a nociones como “residencia efectiva” o arraigo, lo que reafirma que los derechos de propiedad están altamente administrados por el Estado.
El giro anunciado ahora, además, parece canalizarse mediante nuevas categorías y procesos migratorios. Ya en 2024, medios oficiales explicaban que se incorporaba la condición de “inversores y de negocios” para ciudadanos residentes en el exterior autorizados a participar en esas actividades, y fuentes periodísticas internacionales señalaban que la ley reconocería derechos de residentes en el exterior y habilitaría esa condición. En otras palabras: el Estado diseña el carril por el que se puede “ser de los que sí”. En este marco, la medida de inversión de la diáspora puede mejorar acceso a capital y aliviar cuellos de botella productivos, pero también puede consolidar una economía de doble (o triple) velocidad: el cubano sin remesas y sin divisas queda atrapado en la escasez; el cubano con capital externo accede a negocios, importación y circuitos de consumo. Ese es el terreno social donde el permiso se convierte en “buchito”: una concesión que llega tarde, se administra, y se usa para sostener el relato de que el problema era externo, aunque la evidencia muestre múltiples candados internos.
Lo más demoledor para la narrativa del “no se puede por el bloqueo” es que incluso analistas que ven la medida como pragmática la leen como tardía: el economista Paolo Spadoni, de Augusta University, citado por Reuters, sostiene que esto debió iniciarse “hace años” y no bajo “máxima presión”. Dicho así, no resulta dificil concluir que el “verdadero bloqueo” que enfrentan los cubanos es la política interna de control establecida hace décadas por el régimen.
Sería intelectualmente deshonesto negar que el embargo estadounidense y su entramado legal complican comercio, financiamiento y transacciones. El propio gobierno cubano lo reitera, y Reuters también subraya que la ley estadounidense sigue siendo un obstáculo para el comercio e inversión desde EE. UU. Pero el punto de vista que aquí ha quedado desarrollado —y el que vuelve este anuncio políticamente explosivo— es otro: cuando un gobierno dice a cámara que “no hay limitaciones” para invertir, cuando admite que “hasta hoy no se podía”, cuando reconoce que los no residentes estaban excluidos por norma, está describiendo un bloqueo doméstico.
La respuesta más verosímil al “¿por qué no se hizo antes?” , a la luz del patrón histórico, es que muchas “imposibilidades” fueron instrumentos de administración social: se prohibió para preservar control; se tolera ahora informalmente; se legaliza cuando la crisis hace inviable sostener la prohibición; y se presenta cada legalización como “reforma” inevitable.
De hoteles a móviles, de vivienda a viajes, de deporte a divisas, de carros a paneles solares, y ahora de la diáspora a la propiedad empresarial, el guion se repite con distintos actores. No se dejen engañar.
Fuentes utilizadas:
Gobierno cubano crea nuevas oportunidades de inversión para empresas de EE. UU. y cubanos residentes en el exterior – Juventud Rebelde
Cuba invites exiles to invest in businesses on the island – Reuters
Además de:
EFE
Las nuevas micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) en Cuba, explicadas – Periodismo de Barrio
EL PAÍS (varios artículos)
Granma



















