El retraso de un tren en España acabó convirtiéndose en una pesadilla aérea para una cubana que pretendía viajar a La Habana, reseñan medios españoles.
El 26 de julio de 2024, Bárbara V. G. abordó en Santander un Alvia rumbo a Madrid con la previsión de llegar a tiempo a su vuelo a La Habana. El tren debía arribar a Atocha a las 11:19 de la mañana, lo que le dejaba más de tres horas de margen para facturar en Barajas. Sin embargo, lo que parecía un viaje rutinario terminó en un calvario que meses después obligó a Renfe a pagarle más de mil euros de indemnización.
La cadena de infortunios empezó nada más salir de la estación: 45 minutos de retraso por un problema en las puertas. Luego, a la altura de Torrelavega, otra avería detuvo el convoy y forzó a los pasajeros a completar la ruta hasta Valladolid en autobús. Allí, tras un trasbordo agotador, subieron a un segundo tren que los condujo finalmente a Madrid. Para entonces, la demora superaba las dos horas.
Cuando Bárbara llegó corriendo a la terminal T4 de Barajas, el avión de World2fly hacia La Habana estaba a punto de despegar y la facturación ya había cerrado. No hubo margen para negociar. La única salida fue comprar un nuevo billete con Air Europa, que despegaba dos horas más tarde. El costo: 1.046,24 euros. A eso se sumaron 53,95 euros en taxis hasta el aeropuerto. En total, casi 1.100 euros que se añadieron a la frustración y al cansancio de la jornada.
Renfe se limitó a devolverle los 59,50 euros del billete de tren. En su respuesta, la operadora argumentó que sus condiciones no contemplan compromisos con otros medios de transporte, ni responsabilidades sobre enlaces aéreos. Para Bárbara, aquello era inaceptable. Como socia de FACUA, acudió a la asociación para que defendiera su caso.
El equipo jurídico de FACUA llevó la reclamación ante la Junta Arbitral del Transporte de Cantabria. El 28 de febrero de 2025 se celebró la vista en la estación de autobuses de Santander, y en abril llegó la resolución: por unanimidad, los árbitros dictaminaron que Renfe había incumplido “su obligación principal” y evidenciado una “falta de diligencia empresarial que va más allá de una mera conducta culpable”.
El laudo fue contundente: Renfe debía abonar 1.099,89 euros a Bárbara V. G. La decisión, de carácter vinculante y ejecutorio, obliga a la compañía a asumir el coste del segundo billete de avión y de los taxis, más allá de la devolución del trayecto ferroviario.
Con ello, la viajera recupera lo perdido y se sienta un precedente incómodo para la empresa: un retraso de tren puede tener consecuencias mucho más costosas que un simple reembolso de billetes, y puede servir como referente para otros casos similares ante la justicia.





