El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS por sus siglas en inglés) anunció que desde el jueves 16 de octubre se cobrará una nueva tarifa de libertad condicional migratoria de mil dólares a cualquier extranjero que reciba libertad condicional en Estados Unidos y no cumpla con una de diez posibles excepción.
Cabe destacar que esta tarifa no aplica a cubanos ni haitianos ni a quienes ya están dentro de Estados Unidos con un parole vigente.
Tampoco aplica a paroles médicos o humanitarios específicos.
Según el aviso publicado en el Registro Federal este miércoles, existen diez excepciones para no pagar este monto, siempre que el extranjero demuestre, a satisfacción del Secretario de Seguridad Nacional, que se le concede la libertad condicional debido a una de ellas:
- El extranjero tiene una emergencia médica y no puede obtener el tratamiento necesario en el estado extranjero donde reside; o la emergencia médica pone en peligro su vida y no hay tiempo suficiente para que el extranjero sea admitido en los Estados Unidos mediante el proceso normal de visa;
- El extranjero es padre, madre o tutor legal de un extranjero descrito en el párrafo (1) y el extranjero descrito en el párrafo (1) es un menor;
- El extranjero es necesario en Estados Unidos para donar un órgano u otro tejido para trasplante; y no hay tiempo suficiente para que sea admitido en Estados Unidos mediante el proceso normal de visa;
- El extranjero tiene un familiar cercano en Estados Unidos cuyo fallecimiento es inminente; y no podría llegar a Estados Unidos a tiempo para verlo con vida si fuera admitido en Estados Unidos mediante el proceso normal de visa;
- El extranjero desea asistir al funeral de un familiar cercano; y no podría llegar a Estados Unidos a tiempo para asistir a dicho funeral si fuera admitido en Estados Unidos mediante el proceso normal de visa;
- El extranjero es un niño adoptado que padece una condición médica urgente; se encuentra bajo la custodia legal del solicitante de una visa definitiva relacionada con la adopción; y requiere tratamiento médico antes de la concesión prevista de dicha visa;
- El extranjero es un solicitante legal de ajuste de estatus bajo la sección 245 de la INA (8 U.S.C. 1255); y regresa a los Estados Unidos después de un viaje temporal al extranjero;
- El extranjero ha sido devuelto a un país contiguo de conformidad con la sección 235(b)(2)(C) de la INA (8 U.S.C. 1225(b)(2)(C)); y se le ha otorgado permiso de entrada a los Estados Unidos para permitirle;
- Al extranjero se le ha otorgado la condición de participante cubano y haitiano (según se define en la sección 501(e) de la Ley de Asistencia Educativa para Refugiados de 1980 (Ley Pública 96-422; nota 1522 del Título 8 del Código de los Estados Unidos); o
- El Secretario de Seguridad Nacional determina que se ha obtenido o se obtendrá un beneficio público significativo a partir de la libertad condicional de un extranjero que ha ayudado o ayudará al Gobierno de los Estados Unidos en un asunto de aplicación de la ley; cuya presencia es requerida por el Gobierno de los Estados Unidos para promover dicho asunto de aplicación de la ley; y que es inadmisible o no cumple con los requisitos de elegibilidad para la admisión como no inmigrante o para el cual no hay tiempo suficiente para que el extranjero sea admitido en los Estados Unidos a través de un proceso normal de visa.
Al mismo tiempo se explicó que la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) cobrará la tarifa a los extranjeros que soliciten admisión a Estados Unidos si (1) el extranjero solicita la libertad condicional presentándose para inspección en un puerto de entrada estadounidense (incluidos los extranjeros que hayan sido autorizados por otra agencia del DHS para viajar al puerto de entrada y solicitar la libertad condicional); (2) la CBP, a su discreción, determina que se le debe conceder la libertad condicional al extranjero según la sección 212(d)(5)(A) de la Ley de Inmigración y Naturalización (INA); y (3) el extranjero no demuestra, a discreción de la CBP, que cumple los requisitos para una exención de la tarifa.
En tanto, el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) cobrará la tarifa al conceder la libertad condicional en virtud del artículo 212(d)(5)(A) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) a los extranjeros que bajo su responsabilidad que se encuentren físicamente presentes en Estados Unidos.
Por último, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) cobrará la tarifa HR-1 al otorgar un permiso de permanencia temporal (parole) bajo la sección 212(d)(5)(A) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) a extranjeros bajo su responsabilidad que se encuentren físicamente presentes en Estados Unidos.
A partir de este jueves, cuando el USCIS decida adjudicar favorablemente un Formulario I-131 para permiso de permanencia temporal (parole) en el lugar o renovación de permiso de permanencia temporal (parole) para extranjeros físicamente presentes en Estados Unidos, el USCIS emitirá una notificación previa a la adjudicación final, indicando que la aprobación del permiso está condicionada al pago de la tarifa HR-1.
En resumen, que este cobro se realizará en el momento de entrada o aprobación del parole por parte de USCIS, CBP o ICE.





