El miedo creíble se establece de esta manera, aunque ya abordaremos más adelante este asunto, y es en base a que una persona huye de su país de origen pues está siendo perseguido o puede ser perseguido y procesado si regresa, por su raza, su religión, su
credo u opinión política o por pertenecer a un grupo particular social, o por su nacionalidad. También aplica a las personas que son miembros de la prensa opuesta al grupo en el poder.
El caso del joven cubano Adrián Alejandro Cruz González nos ilustra a la perfección cómo, entre un proceso y otro, el tiempo es muy breve; tan breve que, aún cuando el migrante tiene derecho a tener un abogado, la prontitud con la que se realiza el proceso, e incluso el desconocimiento, puede proceder de manera negativa contra la persona que busca el Asilo Político y terminar con una orden de deportación.
"Marcados" como deportables; personas con vínculos con grupos represivos, militares e ideológicos en Cuba; y criminales de cuello blanco, seguramente serán los primeros en deportar.