Investigaciones penales y otros eufemismos sobre el 11J

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Un mes y nueve días han transcurrido desde las protestas del 11 de julio en Cuba, y Cubadebate habla ahora de investigaciones penales

Ese mundo paralelo que es la prensa oficialista en Cuba escribe «investigaciones penales» donde debería decir juicios sumarios. Pero al parecer quien firma el artículo, Oscar Figueredo Reinaldo -que se desempeña como coordinador editorial de Cubadebate, vive en otra isla, en la misma que Miguel Díaz-Canel, y nos quiere hacer creer que los que protestaron en las calles el pasado el 11 de julio eran delincuentes y deben ser procesados como tal.

Según la versión de Cubadebate, «Lisnay María Mederos Torres, fiscal jefe de la Dirección de Proceso Penales de la Fiscalía General de la República, aclaró que se prosigue con la investigación de los procesos penales donde se constató la participación en hechos de mayor connotación y se pusieron de manifiesto actos de violencia contra personas, autoridades, bienes».

Las declaraciones de la fiscal Mederos Torres constituyen un glosario de cantinfladas. Arremolina palabras en su intento de dotar de bases legales los encarcelamientos y posteriores condenas tras el 11J. Dice la jefe de la Dirección de Proceso Penales de la Fiscalía General de la República: «La actuación de los fiscales está enfocada en determinar desde la individualidad, la responsabilidad de las personas implicadas, a partir de los resultados de las diligencias de instrucción que se realizan, en correspondencia con las cuales se adoptan decisiones. Lo anterior permite actuar con proporcionalidad y racionalidad al apreciar la participación de las personas y fundamentar la decisión de los procesos a remitir a los tribunales para su juzgamiento, actuando siempre dentro del marco del debido proceso, y en correspondencia con la defensa de los bienes jurídicos protegidos».

También Joselín Sánchez Hidalgo, magistrado del Tribunal Supremo Popular y director de supervisión y atención a la población, hizo gala de cinismo al ignorar todas las denuncias que han circulado por redes sociales acerca de juicios sin las debidas garantías para los acusados.

Sánchez Hidalgo se refería así a estas garantías: «Entre ellas, el derecho a aportar pruebas por parte del denunciante y del acusado, comparecer este último con un abogado de su elección, mostrar su inconformidad con los miembros del tribunal, declarar o abstenerse de hacerlo, el derecho a ser nuevamente escuchado después de practicadas las pruebas y, antes de concluir el acto del juicio oral, y el de establecer recursos, en este caso, de apelación ante la sala del tribunal provincial».

Más de una mujer cubana -madre o esposa- con tres palabras desmentiría tantos embustes y eufemismos.

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