Entró en vigor en Cuba el Decreto 138/2025, una normativa que modifica la organización del sistema salarial en el Sistema Empresarial Estatal y amplía las facultades de las empresas para diseñar sus estructuras de pago. La medida, publicada en la Gaceta Oficial y divulgada por el periódico Granma, formaliza un esquema que, según autoridades, se aplicaba de manera experimental desde 2021.
El decreto autoriza a las empresas estatales a definir su propia arquitectura salarial, incluyendo escalas internas, evaluación de cargos y pagos adicionales, siempre dentro de los marcos establecidos por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. En papel, el diseño debe regirse por cinco principios: igualdad para trabajos de similar complejidad, diferenciación según resultados, proporcionalidad entre salario y desempeño, vinculación a los resultados empresariales y un principio de protección mínima.
Este último establece que el salario de un trabajador no podrá ser inferior ni al salario mínimo nacional ni al salario básico percibido el año anterior. La norma también permite ampliar o crear pagos adicionales vinculados a la antigüedad o a conocimientos especializados y descentraliza la autorización de excepciones hacia instancias superiores de dirección empresarial.
El Decreto 138 introduce tratamientos diferenciados para sectores considerados estratégicos. Las empresas de alta tecnología y desarrollo de software operarán bajo indicadores propios de su modelo de gestión, mientras que las exportadoras serán evaluadas mediante indicadores físicos. Asimismo, por primera vez se habilita un procedimiento para que las empresas de nueva creación accedan a estas facultades desde su constitución.
Otro elemento central es la generalización del pago por rendimiento: al menos el 30% del fondo salarial deberá depender de este concepto. Sin embargo, la planificación y ejecución del fondo de salarios queda supeditada a un indicador clave: el cumplimiento del aporte comprometido al presupuesto estatal o del rendimiento de la inversión estatal.
Según la normativa, solo las empresas que garanticen o incrementen dicho aporte pueden proyectar aumentos en su fondo salarial. En caso de incumplimiento, el fondo debe ajustarse, aunque se mantiene la protección del salario básico.
Autonomía limitada y condicionamientos estructurales
Aunque el decreto utiliza el lenguaje de la descentralización y la autonomía empresarial, su diseño mantiene una fuerte dependencia del aparato financiero y político central. La flexibilización salarial es condicionada y escalonada, sujeta a múltiples niveles de validación y a criterios fiscales definidos externamente.
En la práctica, las empresas solo pueden mejorar los salarios si aumentan su contribución al Estado. De lo contrario, se ven obligadas a reducir su fondo salarial hasta niveles mínimos, independientemente del desempeño individual de los trabajadores. Además, auditorías con resultados negativos pueden bloquear los pagos por utilidades, aun cuando las deficiencias detectadas no estén relacionadas directamente con la labor del personal.
El decreto también introduce asimetrías internas. El salario del jefe de la empresa puede superar los topes establecidos, según decisiones discrecionales de autoridades superiores, lo que cuestiona el principio de proporcionalidad que la propia norma declara como rector.
Asimismo, el sistema de pagos adicionales y de reservas voluntarias depende de aprobaciones externas y de la situación financiera de cada entidad, lo que no garantiza estabilidad para los trabajadores, especialmente en empresas poco rentables o afectadas por factores estructurales de la economía nacional.
El propio texto legal reconoce que el fondo de salarios se condiciona al cumplimiento del aporte por el rendimiento de la inversión estatal o el pago de dividendos. En términos prácticos, esto implica que la productividad laboral continúa evaluándose desde la rentabilidad estatal y no necesariamente desde la mejora directa de las condiciones de vida de los trabajadores.
De este modo, quienes laboran en empresas no rentables (ya sea por causas estructurales, restricciones externas o decisiones de política económica) verán limitadas sus posibilidades de aumentar ingresos, incluso cuando mantengan altos niveles de compromiso o desempeño individual.



















